La implementación del nuevo sistema de validación automática de los controles sanitarios entre Anses y el Ministerio de Salud permite cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) sin descuento. No obstante, EconoBlog aclara que el pago al 100% sólo se aplica a familias con niños de hasta 5 años.
La Asignación Universal por Hijo continúa teniendo como regla general el pago del 80% mensual y la retención del 20% restante. Sin embargo, Anses puede abonar el monto completo en determinados casos.
Familias que cobran la Asignación Universal por Hijo al 100%
El pago sin descuento corresponde únicamente a los niños de hasta 4 años inclusive cuyos controles sanitarios puedan ser acreditados automáticamente.
Para ello, el menor debe estar registrado en el Plan Sumar y cumplir con los controles médicos periódicos y el Calendario Nacional de Vacunación. Si toda esa información figura en los sistemas oficiales, Anses liquida el 100% de la Asignación Universal por Hijo.
En cambio, cuando el organismo no puede validar esos datos, continúa aplicando la retención del 20%. En esa situación, el titular deberá presentar la Libreta el próximo año para cobrar el importe acumulado.
Reglamentación del pago de Anses al 100%
La Resolución 1170/2025 del Ministerio de Capital Humano incorporó un mecanismo de verificación automática de las condicionalidades sanitarias. Gracias a este sistema, Anses puede determinar si corresponde pagar el total de la prestación sin que el beneficiario deba realizar un trámite adicional.
No obstante, la norma no modificó los requisitos de la Asignación Universal por Hijo. Tampoco eliminó la obligación de presentar la Libreta cuando la información sanitaria no está disponible o cuando corresponde acreditar la escolaridad a partir de los 5 años.
Además, las retenciones efectuadas antes de la implementación del nuevo mecanismo siguen sujetas a la presentación de la Libreta en Anses. Es decir, quienes comenzaron a cobrar el 100% de la Asignación Universal por Hijo igualmente tienen que hacer el trámite para percibir los importes retenidos con anterioridad.

