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Categoría: General

Jubilados de Esteban Echeverría dejan de pagar impuestos municipales

Jubilada contenta

Los jubilados y pensionados de Esteban Echeverría dejan de pagar impuestos municipales. Además se les condonarán deudas.

Escrito por Alicia Godoy | 30/09/2026 11:59

Los jubilados del partido bonaerense de Esteban Echeverría mayores de 75 años podrán dejar de pagar una serie de tasas municipales desde el 1° de enero de 2027. La medida también contempla la condonación de determinadas deudas acumuladas con el municipio de la provincia de Buenos Aires.

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El beneficio fue impulsado por el intendente Fernando Gray y aprobado por unanimidad en el Concejo Deliberante. Estará dirigido a adultos mayores con ingresos de hasta dos jubilaciones mínimas y una única vivienda.

Actualmente, el municipio ya contempla una eximición de la Tasa por Servicios Generales para jubilados y pensionados que cumplen determinados requisitos económicos y patrimoniales.

Requisitos para el beneficio para jubilados de Esteban Echeverría

La nueva exención impositiva tendrá un alcance más amplio que el actual beneficio. Para acceder desde enero de 2027, los jubilados deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Tener más de 75 años.
  • Residir en Esteban Echeverría.
  • Percibir ingresos de hasta dos jubilaciones mínimas del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Contar con una única vivienda.
  • Presentar una declaración jurada y la documentación respaldatoria requerida por el municipio.

En octubre de 2026, el haber mínimo será de $435.748,51 como lo indica la Resolución 284/2026. Por esta razón, el límite equivalente a dos jubilaciones mínimas será de $871.497,02.

La ordenanza busca reducir la carga tributaria de los jubilados con menores ingresos. Además, amplía considerablemente el alcance de las exenciones que ya existen en el partido.

Nueve tasas municipales dejarán de pagarse

Los jubilados alcanzados por la medida quedarán exentos del pago de nueve conceptos municipales. Entre ellos se encuentran:

  • Tasa por Servicios Generales.
  • Contribución Especial para Obras Públicas.
  • Contribución Especial por Servicios Complementarios de Salud y Seguridad.
  • Derechos de Oficina.
  • Patentes de Rodados.
  • Carnet de Conducir.
  • Derechos de Cementerio.
  • Tasa por Servicios Asistenciales.
  • Derechos por Servicios de Tránsito y Transporte.

Condonación de deudas

La ordenanza también contempla la eliminación de determinadas deudas municipales acumuladas. La condonación para jubilados comprenderá capital, intereses, recargos, multas y gastos correspondientes a obligaciones que permanezcan impagas al momento de entrar en vigencia el beneficio.

Esta medida alcanzará las deudas correspondientes al Tributo Municipal por la Propiedad, Patentes de Rodados y Derechos de Cementerio.

El beneficio comenzará a regir el 1° de enero de 2027. Por lo tanto, los jubilados que cumplan con los requisitos deberán realizar el trámite ante el municipio para acreditar su situación y acceder a la exención.

Sobre el autor

Alicia Godoy

Alicia Godoy

Alicia Godoy es periodista del ISER. No solo escribe para EconoBlog sino que también colabora con otros medios.