Nuevos sueldos básicos para trabajadores de la sanidad hasta enero de 2027

Los trabajadores de la sanidad tienen nuevos sueldos básicos hasta enero de 2027. Consultá las escalas de FATSA y las sumas adicionales.
Los trabajadores de la sanidad tienen nuevas escalas de sueldos básicos para el período comprendido entre septiembre de 2026 y enero de 2027. Los importes fueron establecidos mediante un acuerdo paritario firmado por FATSA y las cámaras empresarias.
La actualización contempla incrementos escalonados según el mes y la categoría laboral. Sin embargo, los sueldos básicos no representan necesariamente el total a cobrar, dado que también deben considerarse otros conceptos salariales.
Escalas salariales de sanidad para el CCT 108/75
El Convenio Colectivo de Trabajo 108/75 comprende a los empleados de institutos médicos, odontológicos, laboratorios, consultorios y clínicas sin internación.
Las remuneraciones básicas se encuentran diferenciadas según las funciones y categorías previstas en el convenio.
Por esta razón, es importante identificar correctamente el puesto ocupado antes de consultar los nuevos valores. También debe tenerse en cuenta el mes al que corresponde cada liquidación.
La siguiente escala muestra los sueldos básicos acordados desde septiembre de 2026 hasta enero de 2027.
Sueldos básicos para clínicas y sanatorios
Por su parte, el CCT 122/75 regula las condiciones salariales del personal comprendido en establecimientos asistenciales con internación, sanatorios, clínicas, geriátricos y neuropsiquiátricos.
En este caso, las remuneraciones también se actualizan conforme al cronograma pactado entre FATSA y las entidades empleadoras.
Los importes varían según la categoría profesional y las tareas desarrolladas. Por ello, no corresponde aplicar una misma remuneración básica a todos los trabajadores del sector.
Escala de emergencias médicas y traslados
El tercer convenio alcanzado por la actualización es el CCT 459/06. Este comprende actividades relacionadas con emergencias médicas, atención domiciliaria y servicios de traslado.
Al igual que en los otros dos convenios, el acuerdo establece nuevos valores básicos mensuales hasta enero de 2027.
De esta forma, cada empleado puede consultar la remuneración que corresponde a su categoría y verificar su evolución durante los meses comprendidos en la paritaria.
Sumas adicionales a los sueldos básicos
Al momento de analizar las escalas de sanidad, es necesario diferenciar el sueldo básico de los conceptos adicionales.
En particular, el acuerdo incluye una asignación no remunerativa mensual que debe liquidarse por separado.
Dicho concepto tiene los siguientes valores:
- Septiembre y octubre de 2026: $80.000 por mes.
- Noviembre y diciembre de 2026: $70.000 por mes.
- Enero de 2027: $60.000.
Por consiguiente, estos importes no deben confundirse con los básicos publicados en las grillas salariales.
Además, los empleados con jornadas reducidas perciben la asignación en forma proporcional al tiempo trabajado.
Cómo controlar la liquidación del sueldo de sanidad
Para verificar el recibo de haberes, el trabajador debe identificar primero el convenio colectivo aplicable. Luego, corresponde comprobar su categoría laboral y el sueldo básico vigente durante el período liquidado.
Asimismo, debe revisar la inclusión de la asignación no remunerativa y de los adicionales que correspondan según su situación laboral.
Es importante considerar que el carácter no remunerativo de una suma no implica necesariamente la ausencia de todos los aportes. Su tratamiento debe ajustarse a las condiciones establecidas en el acta del convenio correspondiente.
Por otra parte, la negociación contempla importes específicos por el Día de la Sanidad. Para el CCT 108/75 se fijaron $70.240,60, mientras que para el CCT 459/06 se establecieron $70.299.
En definitiva, las nuevas escalas permiten conocer la evolución de los salarios básicos hasta enero de 2027. No obstante, el importe final del recibo dependerá de la categoría, la jornada y los demás conceptos aplicables a cada trabajador.



