A partir de diciembre de 2005 fueron puesta a disposición medidas para beneficiar al empleador del personal contratado para servicios domésticos y a su vez beneficiar al trabajador.
Los beneficios para el trabajador son:
- Cobertura de salud.
- El día de mañana acceder a su jubilación.
Los beneficios del empleador son que podrá deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias lo que abone a su trabajador como retribución por su trabajo y las contribuciones de la seguridad social, topes:
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2005 hasta $4.020.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2006 hasta $6.000.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2007 hasta $7.500.-
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