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Escala salarial, topes, Trabajo Agrario diciembre/2007

 Escalas salariales para el personal del trabajo agrícola a partir de diciembre del 2007 VALOR DE LA COMIDA En aquellos caso que en que el contrato de trabajo se efectué con sumistro de comida cargo del empleador, el valor de la misma para la deducción es la siguiente: POR MES:  $187.92 / POR DIA : $ 6.24 VIVIENDA La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos de  los artículos 92 y 93 del régimen nacional de trabajo agrario (Ley Nº 22.248) no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro hasta tanto no fuere fijado el valor de la misma. BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD Corresponde el 1% (uno por ciento) de las remuneraciones básicas actualizada de la categoría del trabajador […]

Otros / 3 de junio de 2008, 17:25 / Por Graciela Sabio

 Escalas salariales para el personal del trabajo agrícola a partir de diciembre del 2007

VALOR DE LA COMIDA

En aquellos caso que en que el contrato de trabajo se efectué con sumistro de comida cargo del empleador, el valor de la misma para la deducción es la siguiente:

POR MES:  $187.92 / POR DIA : $ 6.24

VIVIENDA

La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos de  los artículos 92 y 93 del régimen nacional de trabajo agrario (Ley Nº 22.248) no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro hasta tanto no fuere fijado el valor de la misma.

BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD

Corresponde el 1% (uno por ciento) de las remuneraciones básicas actualizada de la categoría del trabajador por cada año de antigüedad

Los trabajadores comprendidos en el trabajo agrario, anexo Ley 22.248 qu desarrollan tareas en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 11  (provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur) les es aplicable el coeficiente adicional del 1.2 establecido por la Ley Nº 18.883

TOPES INDEMNIZATORIOS 

Para el personal que desarrolla tareas en explotaciones agrarias  en tareas permanentes bajo le Régimen Nacional de Trabajo Agrario, Ley Nº 22.248, en el ámbito de todo el país,  regirán desde el 1º de diciembre de 2007 los siguientes montos de topes indemnizatorios:

Montos topes indemnizatorios  

Desde Fecha Base promedio Tope  
1º Agosto 2007 $    912.80 $   2.738.40
1º Octubre 2007 $    993.94 $  2.981.82
1 Diciembre 2007 $  1.095.36 $  3.286.08

      

 

Res C.N.T.A. 54/2007 – Escalas Salariales. Trabajo agrario. Régimen Nacional. Tareas permanentes

Desde el 1º de Diciembre de 2007 Sin comida y sin SAC
  SUELDO $ JORNAL $
Peones Generales 1.080.00 47.52
Ayudantes de Especializados Peón Único 1.108.73 48.78
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de harás, peones de cabañas (bovino, ovinos y porcinos) 1.111.06 48.88
Ovejeros 1.120.23 49.44
Albañiles, apicultores, carniceros, carpinteros, cocineros, cunicultores, despenseros, domadores, fruticult, herreros, insemin., jardineros, mecánicos, panaderos, pintores, quinteros y talabarteros 1.152.56 50.71
Ordeñadores en explotación. Tamberas 1.160.10 51.04
Ordeñadores en explotación. Tamberas y que además sean carreros 1.194.66 52.56
Conductores tractoristas, maquinista de máquinas cosechadora y agrícola 1.203.12 53.01
Mecánicos tractoristas 1.265.27 55.66

Personal de la producción, mantenimiento, gestión, plantas de incubación de moledora, de revisación, de clasificado y procesado de huevos con exclusión de las actividades que se realizan en establecimientos industriales

Categoría C.N.T.A.  Nº 170/89
Desde 1º de Febrero de 2008
     

No remunerativo

Categoría SUELDO JORNAL SUELDO JORNAL
PEÓN AVÍCOLA        
Trabajador no calificado $ 1.084.74 $ 47.16 $  88.51 $    3.85
Trabajador semi calificado $ 1.108.52 $ 48.20 $  90.46 $    3.93
Trabajador calificado $ 1.132.29 $ 49.23 $  92.40 $    4.02

PERSONAL DE TRANSPORTE

       
Trabajador no calificado $  1.179.84 $  51.30 $  96.28 $    4.19
Trabajador semi calificado $  1.187.27 $  51.62 $  96.88 $    4.21
Trabajador calificado $  1.242.25 $  54.01 $ 101.37 $    4.41

PERSONAL JERÁRQUICO

       
Encargado $ 1.283.86 $  55.82 $  104.76 $    4.56
Capataces $  1.346.27 $  58.53 $  109.86 $    4.78

BONIFICACIÓN ZONA DESFAVORABLE (Articulo Nº 30)

Provincias de Rió Negro y Neuquén                                  10%

Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego          20%

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Sobre el autor

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.

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1 comentario en “Escala salarial, topes, Trabajo Agrario diciembre/2007”

  1. Miriam Gladys
    noviembre 10, 2008 a las 16:24

    Hola, quisiera saber si alguien puede decirme cuales son las retenciones y los aportes que deben hacerse sobre un sueldo de un peon rural.
    Gracias
    Miriam

Los comentarios están cerrados.

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