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Carga de deducción especial para jubilados en Ganancias por SIRADIG

Finalmente, AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) finalmente actualizó su sistema. Gracias a ello es posible hacer la carga de la deducción especial para jubilados en Ganancias por el SiRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias). La misma está prevista en la Ley 27346. La modificación del Impuesto a las Ganancias aprobada a fines del año pasado incluye una deducción especial para jubilados y pensionados. La misa equivale a seis haberes mínimos jubilatorios definidos en el Artículo 125 de la Ley 24241. Para acceder a esta deducción, el contribuyente debe ingresar a la página de AFIP con su CUIT y Clave Fiscal, contraseña que se puede gestionar siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Dentro del […]

Finalmente, AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) finalmente actualizó su sistema. Gracias a ello es posible hacer la carga de la deducción especial para jubilados en Ganancias por el SiRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias). La misma está prevista en la Ley 27346.

La modificación del Impuesto a las Ganancias aprobada a fines del año pasado incluye una deducción especial para jubilados y pensionados. La misa equivale a seis haberes mínimos jubilatorios definidos en el Artículo 125 de la Ley 24241.

Para acceder a esta deducción, el contribuyente debe ingresar a la página de AFIP con su CUIT y Clave Fiscal, contraseña que se puede gestionar siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Dentro del sistema se tiene que acceder al aplicativo Siradig y completar la opción «5 – Beneficios» del Formulario 572 Web para informar que en el período declarado no se ha tenido otro ingreso que no sea previsional y especificar si se fue o no alcanzado por el pago de Bienes Personales.

Esta opción fue habilitada por el organismo recaudador dirigido por Alberto Abad desde el 20 de junio pasado.

Un dato a tener en cuenta es que los organismos previsionales, como es el caso de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, informaron que, lamentablemente, la liquidación de la primera cuota de aguinaldo no toma en cuenta esta deducción a causa de la demora de AFIP en implementar el sistema.

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