Los beneficiarios del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina tienen tiempo hasta noviembre para realizar la segunda presentación anual del Formulario PS 2.68. Nos han llegado varias consultas de usuarios que desean saber si los universitarios entregar el Certificado de Estudios PROGRESAR por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que no.
La Certificación de Escolaridad de PROGRESAR debe ser efectuada por todos los beneficiarios del programa. Sin embargo, en el caso de los alumnos universitarios y terciarios, la misma la realiza la universidad/terciario en el cual estén cursando.
Para que la institución educativa cumpla con dicho requisito, el estudiante debe ser un alumno regular, es decir cumplir con la asistencia a clases requerida, y tener aprobada la cantidad mínima de materias establecida por el Ministerio de Educación.
Para evitar la suspensión del cobro de la prestación, se recomienda a los beneficiarios verificar en la universidad o terciario que se haya cumplido con la presentación del Certificado de Estudios en ANSES.
Una vez que se cumple con la presentación del F.PS.2.68, el organismo previsional procede a liquidar el dinero que se ha retenido de forma mensual. El depósito de dicho dinero se realiza en la cuenta bancaria o sucursal de Correo Argentino junto con la prestación.
Los beneficiarios que tienen que realizar la presentación son aquellos que cursan el primario, secundario, FINES o un curos de formación de oficio. Para efectuar dicho trámite personalmente se debe sacar un turno previo o se puede realizar online mediante la página de PROGRESAR.
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