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Cancelación de Deudas de la AFIP, Medios de Comunicación

Calculadora con logo de AFIP
Escrito por Graciela Sabio | 2 de agosto de 2010

El día 20 de julio de 2010 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta N° 404 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Resolución General Nº 2.869, de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, referente a los Medios de comunicación, sobre las deudas fiscales y previsionales que mantienen. Detallando el procedimiento de adhesión al régimen de cancelación de deudas  del Decreto 1.145/09.

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La normativa es debido a las muchas inquietudes que fueran puestas de manifiesto por los titulares de medios de comunicación, mediante la cual se adecua el procedimiento que fuera implementado mediante la Resolución Conjunta N° 132 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Nº 2.807 de la AFIP,  para que se pueda cancelar las deudas fiscales y previsionales de los titulares de medios de comunicación, a efectos de facilitar el cumplimiento y la aplicación del régimen.

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.