Resultados de búsqueda para: Multas

Moratoria para el blanqueo de personal No registrado

Mediante la Ley Nº 26.476 de Promoción y Protección del Empleo no registrado se perdona la deuda a los empleadores hasta el décimo trabajador regularizado, se deberá mantener la nómina de trabajadores regularizados, por el término de 2 (dos) años, después de la finalización del blanqueo. En el caso de renuncia o despido de algún trabajador la Ley permite al empleador que hasta en el plazo de 90 (noventa) días pueda reincorporar otro trabajador, atención la Ley se refiere a nómina no a trabajador, o sea que lo que el empleador debe mantener es la nómina no los trabajadores. La nómina que se debe tener en cuenta es la que existía al día 30 de noviembre de 2008, con excepción […]

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Ley Nº 26.476: Titulo II capitulo 2 Reducción de las contribuciones patronales

Ley Nº 26.476 en su Titulo II, capitulo 2 prevé la reducción de las contribuciones patronales por 2 (dos) años para los nuevos empleos y para aquellos regularizados con ausencia total de registración. Desde el alta del trabajador ya sea una nueva relación o bien el blanqueo de un trabajador preexistente, los empleadores tendrán una reducción de las contribuciones patronales para:

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Ley Nº 26.476: Regularización del empleo no registrado – Blanqueo de personal

Ley Nº 26.476 en su Titulo II capitulo I se refiere a la Regularización del empleo no registrado, los empleadores podrán blanquear o sea registrar a sus trabajadores «en negro» o bien podrán rectificar la real remuneración o fecha de ingreso de los trabajadores ya registrados, dicho trámite se podrá realizar entre el día 2 de febrero y el día 31 de julio de 2009.

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AFIP – Plan de Facilidades de Pago Resolución General Nº 2537: Reglamentación de la Ley 26.476

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2537 publicada en el Boletín Oficial el día 2 de Febrero de 2009, reglamentó el régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleo registrado con prioridad en Pymes y exteriorización y repatriación de capitales. La norma mencionada contiene aclaraciones, condiciones, plazos y procedimientos relacionados con la adhesión para acceder a los beneficios relacionadas con los siguientes aspectos: * Regularización de impuestos y recursos de la seguridad social. * Regularización del empleo no registrado y promoción y protección del empleo registrado. * Exteriorización de la tenencia de moneda nacional, extranjera, divisas y demás bienes en el país y en el exterior.

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Nueva Ley Nacional de promoción y protección del empleo registrado Nº 26.476 titulo I

El día 30 de diciembre de 2008 se publico la nueva Ley de promoción y protección del empleo registrado Nº 26.476 su Titulo I  se refiere a la Regularización del empleo no registrado ARTICULO 11. — La registración en los términos del artículo 7º de la Ley 24.013, la rectificación de la real remuneración o de la real fecha de inicio de las relaciones laborales existentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, producirá los siguientes efectos jurídicos:     a) Liberación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza,

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Nueva modalidad de contratación, sistema de la AFIP, Mi Simplificación

Los empleadores deberán utilizar en el programa Mi Simplificación de la AFIP las nuevas modalidades de contratación según los códigos de contratación para identificar las nuevas relaciones laborales, códigos 201-202 o 203 según la nueva Ley de promoción y protección del empleo registrado Nº 26.476 Titulo II Capitulo II ARTICULO 16. — Los empleadores, por el término de veinticuatro (24) meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral o de la regularización de una preexistente con ausencia total de registración en los términos del capítulo I de este título, gozarán por dichas relaciones de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a lo siguientes subsistemas de la seguridad social:     a) Sistema Integrado de

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Plan de Facilidades de Pago de la AFIP, ya esta en marcha

Los Contribuyentes interesados en regularizar su situación fiscal podrán inscribirse en el nuevo Plan de facilidades de Pagos que la AFIP, puso en marcha, contemplando todo tipo de deudas, hasta 120 cuotas que se podrán pagar con una tasa del 1.5% mensual, la adhesión se realiza únicamente por Internet con clave fiscal, sin obligación de presentarse al organismo, el pago se realizará con debito bancario, automático. El plazo para inscribirse es desde el día 20/11/2008 y por ahora hasta el día  31/03/2009. El plan de facilidades de pago,  permite regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y las multas y recargos suplementarios por tributos aduaneros vencidos hasta el 31 de diciembre de 2007.

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Moratoria de la AFIP, Resolución General Nº 2.518/08 Plan de Pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución general Nº 2.518/08, publicada el 11 de noviembre de 2008 estableció un nuevo  Régimen especial de Facilidades de Pago, según el Procedimiento Ley. Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al día 31 de diciembre de 2007. Requisitos, formas, plazos y demás condiciones para la adhesión. GENERALIDADES Cantidad de Artículos: 27 Entrada en vigencia  20/11/2008 CONSIDERANDO

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AFIP, planes de pago Condiciones y cantidad de cuotas

Para que los deudores puedan regularizar su situación ante el fisco, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, implementa un nuevo Régimen especial de Facilidades de Pago. Se podrán incluir las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre del 2007, correspondientes a: Obligaciones Impositivas Recursos de la Seguridad Social Multas y demás derechos suplementarios que graven las operaciones de exportación e importación Actualizaciones, intereses y multas correspondientes a los conceptos antes mencionados.

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