4ta. categoría

Baja del impuesto minimo no imponible

El gobierno nacional el 29 de marzo por un decreto dispuso la suba del impuesto mínimo no imponible 4ta. Categoría para los trabajadores en relación de dependencia, ahora solo basta que publique las resoluciones generales de la AFIP Nº 2234 y 2234, que seguramente seran publicadas el día 3 de abril, los nuevos montos serán: Sueldo mensual para los casados $ 4000.- Sueldo mensual para los solteros.$ 3.200.- La deducción de ganancias no imponibles pasa $ 7.500 antes $6000.- anuales.

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Aumento el mínimo no imponible Ganancias 4ta. categoría

El mínimo no imponible para la retención en el impuesto a las ganancias de 4ta. Categoría aumento en forma retroactiva desde el día 1º de enero del 2007, para el personal soltero era de $ 2.400.- ahora pasa a $ 3.200.- y el personal con cargas de familia era de $ 3.200.- ahora es de $ 4.000.- Las empresas tendrán que devolver los importes descontados de más. El personal que recibe una remuneración de $ 6.000.- no van a notar la diferencia

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