El Ministerio de Trabajo tiene listo un proyecto de ley para cambiar el régimen laboral del personal doméstico, el mismo, prevé que tengan derecho a la licencia por maternidad, beneficio que es pagado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, a todas las trabajadoras, ampliar los días de vacaciones y al pago de una indemnización adicional por despido durante el período del embarazo o por matrimonio. Impulsan igualar los beneficios de las mujeres.
Además, Noemí Rial, Secretaria de Trabajo informó que se propone modificar el régimen de despido de licencia por enfermedad y de indemnizaciones, equiparándolos al de los trabajadores en relación de dependencia.
El Estatuto del Servicio Doméstico se rige en la actualidad por el Decreto Nº 326 del año 1956 el cual establece que la empleada doméstica trabaja bajo relación de dependencia si se desempeña durante no menos de 4 días a la semana, a razón de 4 horas diarias.
Si no cumple ese requisito, se encuentra comprendida en Autónomos o Monotributista. No obstante, las que están bajo relación de dependencia están excluidas de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), del régimen de asignaciones familiares y de la Ley de Empleo. Así, en toda una serie de cuestiones, como vacaciones o despido, rigiéndose por Estatuto.
Desde el año 2000 se estableció un régimen especial de Seguridad Social por el que a cambio de una suma fija -que pagan entre el empleador y el empleado- ese personal tiene derecho a la jubilación y pensión y a recibir la atención médica de una obra social. Actualmente esa cuota es de $81,75 ($35 de jubilación y $46,75 de Salud).
La Ministra, Rial estimó en declaraciones al diario que “con una suba mínima de la cuota mensual a cargo del empleador -que estimó en $8 por mes- se podría garantizar a las empleadas el cobro de la licencia por maternidad. Así durante 3 meses cobrarían el sueldo básico, que hoy es de casi 1.200 pesos”.
El Estatuto no prevé ese beneficio, además, fija que en caso de enfermedad la empleada tiene derecho a 30 días por año. Si vencido ese plazo, no se reintegra a la actividad, el empleador puede rescindir el contrato sin indemnización. Agregando, la Ministra que en todas las demás cuestiones, la propuesta es que se equipare con la del resto de los trabajadores.
Al momento de realizar los cambios también se tendrá en cuenta ampliar los días de vacaciones, que hoy sólo rigen para el personal doméstico si tiene una antigüedad de un año; y es de 10 días hábiles por cinco años de antigüedad; de 15 días entre seis y diez años, y 20 días con más de 10 años de antigüedad. En este punto la equiparación implica un aumento de los días de vacaciones y el otorgamiento proporcional de vacaciones en caso de tener una antigüedad menor a un año.
Clarín
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44 respuestas to “Servicio Doméstico: Pagar Licencia por Maternidad”

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[44] Comentarios
8 junio 2011 a las 2:20 pm
gracias por la pronta respuesta, amplío mi pregunta, la persona que tengo de empleada ahora me llamó para decirme que le dieron 48hs mas de reposo y unos estudios, etc. si por su embarazo no puede cumplir con las tareas domésticas para las cuales fue contratada le puedo pedir que renuncie? de ser así o no que le corresponde?trajaba de lunes sábado 5 hs. y como no tenia con quien dejar la otra criatura cambió a 6 hs x 5 días en marzo cumplió un año de antiguedad, espero se entienda, gracias
6 junio 2011 a las 3:20 pm
Ester
30 días al año por enfermedad si esta dentro del regimen o sea si trabaja como minimo 4 horas horas dias a la semana
6 junio 2011 a las 2:12 pm
mi consulta ea por mi empleada que esta embarazada de 4 meses, en un control no encontraban los latidos del bebe, en la ecografía salio bien pero le mandaron a hacer una semana de reposo por los dolores que le provocaron, me corresponde a mi pagarle esa licencia? gracias
28 abril 2011 a las 2:10 pm
nancy
Servicio domestico no corresponde Licencia por Maternidad
28 abril 2011 a las 2:05 pm
soy empleada del hogas trabajo 3años con esta familia y estoy enbARASADA DE 6 MESES Y AUN SIGO TRABAJANDO.ME CORRESONDE LOS 3 MESES DE MATERNIDAD SIENDO EXTRANJERA, TENGO TODOS MIS DOCUMENTOS LEEGALES EN LA ARGENTINA
9 marzo 2011 a las 10:34 am
Daniel
No esta contemplado dentro del Regimen de Servicio doméstico
8 marzo 2011 a las 11:03 pm
Necesitaría saber si a una empleada domestica se le debe reconocer licencia por familiar enfermo. Gracias
22 febrero 2011 a las 11:35 am
sofia
No te corresponden dias por enfermedad,no estas dentro del regimen de servicio domestico no cumplis 4 horas como minimo 4 dias a la semana
21 febrero 2011 a las 10:13 pm
trabajando 3 hs por dia durante 5 dias a la semana (antiguedad de tres años)que cantidad de dias corresponden de la lic por enfermedad ? esta lic contempla la enfermedad del empleado y de sus hijos tambien?
finalmente excedidos esos 30 dìas de lic se pueden descontar los dias en que no se presente a trabajar pese a estar blanqueada? gracias.
10 febrero 2011 a las 5:07 pm
SOLEDAD ANDREA
Servicio domestico no tiene licencia por maternidad, solo 30 dias al año por enfermedad dependiendo los dias y hroas que trabajes por semana
10 febrero 2011 a las 1:49 pm
hola soy soledad estoy trabajando en empleada domestica estoy de 8 meses de embarazo hace 2 años trabajo cuanto me corresponde de licencia?
28 noviembre 2010 a las 6:35 pm
marisol
Es así, Servcio doméstico no tiene licencia por maternidad
28 noviembre 2010 a las 11:02 am
Hola, mi consulta es sobre la licencia por maternidad. Trabajo en servicio domestico, 6 horas por dia, 6 dias a la semana.
Mi empleadora me comunico que no tengo licencia, es asi?
Muchas gracias.
25 noviembre 2010 a las 8:58 pm
majo
No le corresponde ni licencia por matrimonio ni por maternidad
25 noviembre 2010 a las 6:28 pm
LA CONSULTA ES QUE TENGO UNA EMPLEADA DOMEST Q TRABAJ 4 HS DE LUNES A VIERNES, AHORA ESTA EMBARAZADA, LE CORRESPONDE LIC POR MATERNIDAD Y COBRAR DURENTE ESOS 3 MESES Y TB SE CASA, LE CORRESP LIC POR MATRIM Y DEBE COBRAR ALGO MAS
GRACIAS
1 diciembre 2009 a las 9:29 pm
Estimada
Buenoas Días, es un gusto saludarlos
El motivo de mi consulta es para saber si las empleadas domesticas pueden acceder a las asignaciones por maternidad. En la e}actualidad se paga $81.79.
Si es así, como se realiza el tramite.
Desde ya, muchas gracias
Leandro
3 octubre 2009 a las 5:09 pm
Hola, les comento que tengo 45 años y por esas cosas de la vida me veo como empleada doméstica luego de haber cumplido diferentes tareas(administrativa hospitalaria), no les hablo como resentida, sino como que esta tarea me deja ver lo desprotegida que se encuentra un personal doméstico, diría que en algunos casos, y lo digo por experiencia, ante empleadores gubernamentales, se olvidan que somos personas, que tenemos familia, que somos de carne y hueso como todas, con la sola diferencia de posición laboral, tambien se olvidan que cumplimos un rol fundamental en sus vidas, ya que todos somos engranajes para que siga la maquinaria, pero claro, recibimos desperdicios y debemos mover la cola como gesto de agradecimiento. Somos integrantes de un país, somos madres, y en mi caso, con dos hijas adolescentes, marido en tratamiento prolongado y a cargo de una hermana ezquisofrénica, pero que no se le caen los anillos para sostener el techo de lo que es mi familia. Por favor sres. todos nos necesitamos, se olvidan de los mas desprotegidos, nos marginan, y se acuerdan solamente cuando necesitan hacer números. Sancionen lo que deban sancionar, que no se quede en proyecto. Los argentinos necesitamos leyes de verdad, que igualen espectativas, el trabajo dignifica, pelean por otras cosas y se apuran por sancionar leyes que no traen otra cosa que números a favor de quién?, de los humildes no, por supuesto, basta de generar en los pobres muertos vivientes, que piensan que nos conducen como a las masas, basta de creer que con promesas seguiremos haciendo morisquetas.
25 junio 2009 a las 9:05 pm
Mara
Para tener realcion de depencia tiene que trabajar 4 horas como minimo 4 dias se deben cumplir como minimo las dos condiciones. Si queda embarazada y vos la enes contratada para esas tareas pesadas, lo mejor es que llegues a un arreglo con ella y renuncie
25 junio 2009 a las 9:00 pm
Por otro lado, si trabaja embarazada y tiene un accidente paseando al perro o haciendo fuerza indebida que perjuicios tiene el empleador?
Se puede pagar licencia por maternidad? porque tengo entendido que la ley todavia no lo contempla y si se pudiera, cuanto?
25 junio 2009 a las 8:55 pm
Necesitaria saber cuantas horas/dias maximo puede trabajar una empleada por semana para no tener reclacion de dependencia.
La segunda consulta es, si la empleada queda embarazada, como se suele manejar el tema, que se hace generalmente si hay tareas que ya no las puede realizar, por ejemplo correr muebles para limpiar, levantar peso como baldes de agua, pasear a un perro grande y que tira con fuerza…