Servicio domestico, baja en la AFIP
Para dar la baja a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C “Casos especiales”, prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.
En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.
Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.
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68 respuestas to “Servicio domestico, baja en la AFIP”




6 Septiembre 2010 a las 10:35 am
Hola, la chica que trabaja en casa no quiere seguir. En Anses se puede hacer algo para que la certificación negativa salga bien? La empleada debería enviar telegrama de renuncia?
Gracias
26 Agosto 2010 a las 8:47 pm
mdl
Averiguaste de que es la deuda? lleva el telegrama
26 Agosto 2010 a las 9:23 am
Hola, tuve en blanco a personal de servicio domestico que renuncio (via telegrama) y por ende deje de hacer los aportes. Tiempo despues volvio a trabajar y retome el pago, en la obra social no la atienden porque registra deuda, como debo proceder ?
Gracias
21 Agosto 2010 a las 1:26 pm
miriam
1 mes y medio no le corresponde indemnización y la baja solo se informa en la libreta de trabajo
21 Agosto 2010 a las 11:31 am
hola tuve una señora para servicio domestico un mes y medio con aportes de ley. tengo que informar la baja? le corresponde algun tipo de indemnizacion?
30 Julio 2010 a las 6:52 pm
laura
Tendrias que firmar un acuerdo en el Ministerio e indemnizarla, a eso te referis?
30 Julio 2010 a las 12:59 pm
hola! me posrian decir que tramitacion tengo que realizar para darle de baja a mi niñera que esta en blanco porque ya no presiso del servio gracias…
7 Julio 2010 a las 7:12 pm
Carmen
Ya te respondi en el otro articulo que preguntaste