Obligatoriedad de la inscripción en la AFIP del Servicio Domestico
Cuando el personal de Servicio Domestico se desempaña como mínimo seis (6) horas semanales desde le año 2005 es obligatoria la inclusión, inscripción en el sistema de la AFIP, Administración Federal de Ingresos Públicos, existen ventajas impositivas para quienes tienen en blanco a la trabajadora. El aporte mensual, hoy de $ 72, le permite el acceso a una obra social y el ahorro para una jubilación futura.
Los beneficios del sistema tributario implican la posibilidad de deducir del monto de los ingresos de quien da empleo sujeto al impuesto a las ganancias los pagos por salarios y cargas sociales, hasta un máximo de $ 9000 por año.
Para realizar los aportes y contribuciones, el trabajador debe concurrir a cualquier oficina del ANSeS con su DNI con el fin de obtener su correspondiente CUIL. luego el empleador debe completar el formulario 102 de la AFIP, se puede bajar por Internet, www.afip.gov.ar sección Formularios y este sirve como recibo de sueldo y volante de pago
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8 respuestas to “Obligatoriedad de la inscripción en la AFIP del Servicio Domestico”

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[8] Comentarios
9 agosto 2009 a las 4:40 pm
Buenas tardes, quisiera saber como debería registrarme para desarrollar mi actividad de organizadora de fiestas ya que es una actividad que es eventual ,que no tiene una continuidad diaria ,en definitiva no es una actividad donde se leventa la persiana y comienza la venta todos los días , ya he consultado con distintos profesionales y me dieron respuestas totalmente diferentes.Lo que me interesa es poder registrarme y tener una facturación asi mismo hacer aportes a una jubilación. Gracias
9 agosto 2009 a las 4:34 pm
Buenas tardes, estoy registrado como monotributista formando una sociedad de hecho dede el año 93 y por la actividad que desarrollaba y la irregularidad de los servicios que prestabamos me fué imposible realizar pagos a la afip ,y no me di de baja quedando en los registros y logicamente engrozando la deuda por mala información por parte de la persona que e ese momento me sesoraba que me aseguró que la afip me daría de baja automaticamente .
Mi realidad es que hoy entoy si trabajo haciendo lo que puedo para subsistir y la preguna es si tengo ppsibilidades de entrar en este plan de regularización.
A mi socio que estaba en la misma situación lo embargó la afip en Octubre de 2008 secuestrandole el vehiculo con el que hecíamos flete que era de ambo pero estaba a su nombre.A pesar de que él entró en un plan de regularización ( y stá pagando),se lo remataron por no poder pagar los hnorarios del martillero y,abogado el corralón.Mi intención es buscar una forma de arreglar pero en afip de calle 27 de abril de córdoba me dijeron que tengo que buscar un profesional ,que no puedo contratar si apenas puedo subsistir,hay forma que pueda realizarlo personalmente?
y saber cuál es mi estado de deuda?.
Disculpe Ud. por todas estas inquietudes pero a pasar de no tener ningún bién personal quiero encontrar un camino para salir de este estado de deuda que me tiene atado.Muchas gracias por su atención y le agredeceré toda informacíón que pueda darme o a donde dirigirme.
2 junio 2009 a las 7:46 pm
Lorena
Responsabilidad solidaria si la tenes, si lelga a pasar algun accidente, pero el sueldo y los aportes lo hace la agencia. ART no existe para servicio domestico, aunque esta encuadrado dentro del regimen es conveniente contratar un seguro. Sigue digente el tema de la libreta sanitaria, pocos la utilizan pero si esta vigente
2 junio 2009 a las 5:01 pm
Graciela, otra consulta. Es obligatorio que el personal doméstico tenga seguros (art, vida, etc.)?
Sigue vigente el tema de la libreta que mensiona el decreto 326/56?
Muchas gracias,
2 junio 2009 a las 4:58 pm
Hola Graciela, te consulto si es correcto que una agencia de empleo doméstico contrate personal para trabajar en mi casa. Es decir, que ellos intermedien en la relación laboral y me cobren a mi un servicio. Esto es legal? Hasta qué punto tengo yo responsabilidad solidaria?
28 mayo 2009 a las 8:43 pm
Hola Graciela, soy empleada doméstica y he sido despedida recientemente. como no me reconocían los años que trabajé en negro, envié los telegramas correspondientes y luego de idas y venidas Llegamos a un acuerdo ante el ministerio de trabajo.Quisiera saber si es posible reclamar ante la AFIP los aportes no realizados. ( no digo que me paguen, sino que me reconozcan esos años cuando me jubile) tengo entendido que presentando testigos y la documentación de mi caso se puede iniciar un reclamo. lo que no se es si una vez que llegamos al arreglo mi empleador quedó eximido de sus obligaciones previsionales.
25 febrero 2009 a las 1:30 pm
Carla
Es así si tenes dos empeladores aportan los dos el aguinaldo que necesitas saber no va con aportes
23 febrero 2009 a las 9:58 pm
hola sitengo 2 empleador los aportes son por separados?. y como sereguistra el pago del aginaldo.