Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires
Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.
Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:
- Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
- Opción Sellos, Instrumentos Privados
- Presentación de la DDJJ y Pagos
- Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o “Clave Fiscal”
- Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.
Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.
Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.
Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.
Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.
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76 respuestas to “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

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[76] Comentarios
8 mayo 2013 a las 10:20 am
Maximiliano
Legalmente los sellados se pagan 50 y 50%, en la practica lo paga el inquilino pero es un acuerdo entre partes
8 mayo 2013 a las 8:44 am
Consulta, una inmobiliaria me quiere hacer pagar el sellado de arba q es el %1.2 sobre el total del contrato (voy a alquilar) no le corresponde al propietario ese gasto y no al inquilino. Saludos y gracias.
24 abril 2013 a las 11:45 am
Sandra
1.2% del total del contrato y el interes el 3% mensual
23 abril 2013 a las 9:28 pm
cual es el porsentaje a pagar de sellado en alquiler de una vivienda y cuàl es la multa por retrzo???
19 marzo 2013 a las 7:28 pm
Ulises
La hace el que se hace cargo del pago si ya le diste la plata lo puede hacer la inmobiliaria el que pone la clave es responsable del pago del sellado
18 marzo 2013 a las 8:32 pm
Hola, les hago una consulta. Yo alquilo una casa en Haedo, todavia no me dan el contrato sellado y ya pague todo, me dicen de la inmobiliaria, que tengo darles la clave fiscal de arba porque el dueño no puede tiene algunos inconvenientes. Tengo entendido que la la declaracion del contrato en arba la hace el locador o la inmobiliaria no es asi? Les agradezco que me ayuden con esta duda. Saludos y gracias
21 enero 2013 a las 11:42 am
Nelida
Buenos Aires 1.2% del total del contrato
21 enero 2013 a las 10:29 am
Cual es el % que debo reservar para el sellado de un contrato de alquiler?
13 septiembre 2012 a las 5:50 pm
Cintia
Se puede poner desde tal fecha hasta tal fecha $ … y desde tal ahasta $
12 septiembre 2012 a las 2:45 pm
Hola, tengo una consulta con respecto al monto del alquiler. Cómo hago para cargar 2 o 3 valores si luego del 1er año de alquiler se convino con el inquilino que el valor de la cuota va a ser superior? Gracias!
11 septiembre 2012 a las 3:50 pm
Gladys
No es la Clave Fiscal de la AFIP es la “Clave de Identificación Tributaria” CIT se obtiene en ARBA no en la AFIP
10 septiembre 2012 a las 11:45 pm
Necesito realizar un sellado de contrato de alquiler, para lo cual luego de seguir los pasos indicados, coloco el CUIL y luego el CLAVE FISCAL que obtuve en la AFIP, pero no logro ingresar, de todas maneras aclaro que lo estoy poniendo en el unico lugar disponible y es donde dice CLAVE CIT.
16 agosto 2012 a las 9:53 pm
ya hice varios sellados de contrato, pero como hacer para sellar un depto que todavia no tiene partida inmobiliaria por estar encontrarse el barrio sobre tierras fiscales, en la paete que me pide partida me sale inexistente, vi uno hecho por un contador sobre otro depto de ese barrio y le salio eximido $ 0, si alguien sabe muchas gracias
11 julio 2012 a las 7:10 pm
Eva
Si no lo arreglaron de ante mano lo pagan 50% cada parte
5 julio 2012 a las 11:17 am
Alquilé una casa por dos años y la luz (EDEA) está bajo la modalidad “estacional” siendo más cara que lo convencional. Para hacer este trámite me piden que selle el contrato y me sale como $500! hay quien corresponde pagar el sellado? Yo quiero la luz a costo de vivienda. Gracias
18 mayo 2012 a las 12:32 pm
Gise
El sellado es para que tenga valor por si hay algún incoveniente, ya sea por no pagos y lo tengas que presentar judicialmente Si lo pueden sellar