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ARBA: Liquidación del Impuesto a los Sellos – Alícuota

Debido a las modificaciones implementadas por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, en lo referente a la liquidación del impuesto a los sellos, a partir de agosto del año 2010,  informó el Colegio de Martilleros que los matriculados podrán a partir del primer día hábil del año 2011, retomar la instrumentación de realizarlo en el colegio departamental, debiendo obedecer a un nuevo sistema general. Debido a la nueva forma de liquidación del Impuesto de Sellos por parte de ARBA, de acuerdo a los informados por Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires, a partir de mañana, 1er día hábil del mes de enero de 2011 se instrumentará un sistema que, en líneas generales, […]

Debido a las modificaciones implementadas por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, en lo referente a la liquidación del impuesto a los sellos, a partir de agosto del año 2010,  informó el Colegio de Martilleros que los matriculados podrán a partir del primer día hábil del año 2011, retomar la instrumentación de realizarlo en el colegio departamental, debiendo obedecer a un nuevo sistema general.

Debido a la nueva forma de liquidación del Impuesto de Sellos por parte de ARBA, de acuerdo a los informados por Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires, a partir de mañana, 1er día hábil del mes de enero de 2011 se instrumentará un sistema que, en líneas generales, consiste en lo siguiente:

  • El contribuyente debe completar y suscribir, con carácter de declaración jurada, el formulario R-115U, disponible en la página web de ARBA, y presentar el contrato a sellar.

–   Partidos de Vicente López, San Isidro y San Fernando, la alícuota será del 8.5 por mil.
–   Resto de los partidos la alícuota ascenderá al 10 por mil.

  • En el contrato original y en el duplicado se detallará:
  1. Número de control del sellado
  2. Fecha del sellado
  3. Importe sujeto al pago del impuesto de sellos
  4. Alícuota
  5. Impuesto de sellos abonado
  6. Nombre de la entidad registradora
  7. Sello del colegio departamental y firma y sello de la persona que efectuó la registración.

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