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AFIP prorrogó beneficios para monotributistas

La AFIP prorrogó los beneficios para monotributistas: Moratoria, permanencia y reingreso, vuelta al régimen simplificado, y reducción del IVA.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicó una prórroga en los beneficios para monotributistas. Los mismos fueron establecidos por las Ley de Alivio Fiscal y la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal. Gracias a ello, los pequeños contribuyentes podrán adherirse a la moratoria hasta el 30 de noviembre de 2021 para deudas vencidas hasta el 30 de junio pasado.

AFIP extendió el plazo de los beneficios por dos meses con la publicación de la Resolución General 5079/2021.

Moratoria

La moratoria para monotributistas permite regularizar obligaciones en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima del 1,5%. El régimen contempla la condonación de intereses y multas.

Para acceder al beneficio es necesario tener declarado el domicilio fiscal electrónico. También se tiene que cargar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria en el servicio «Declaración de CBU».

Los de las categorías que van de la A a la D tienen un financiamiento de hasta 60 cuotas y una tasa del 1,25%. El resto es de 48 cuotas y una tasa del 1,5%.

Permanencia y reingreso en el Monotributo

Se facilita la permanencia en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes a quieren fueron excluidos. Pueden permanecer aquellos que estaban inscriptos al 30 de junio y que fueron excluidos por exceder la facturación permitida.

La medida también incluye a quienes fueron pasados a autónomos entre el 1ero de enero y el 30 de junio.

Esta permanencia también comprende a quienes quedaron fuera entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021 por superar los límites de facturación de su categoría.

Para permanecer es necesario hacer el pago de una cuota especial, la cual varía de acuerdo a la categoría. E, F y G tienen que ingresar 1 cuota; H, I, J y K, 2; y A, B, C y D, sin pago adicional.

Beneficio cumplidores

Quienes voluntariamente pasaron a autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 pueden volver al monotributo.

También tienen la posibilidad de solicitar una reducción del saldo técnico del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por tres años. El primer año con una reducción del 50%, el segundo del 30% y el tercero del 10%.

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