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AFIP: Recategorización del Monotributo 2022

La AFIP recuerda la rcategorización del Monotributo 2022. Se tiene que hacer teniendo en cuenta la nueva escala del régimen simplificado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda que este mes vence el plazo para hacer la recategorización del Monotributo. Los pequeños contribuyentes tienen tiempo de efectuar el trámite hasta el jueves 20 de enero de 2022. Para llevar adelante la gestión es necesario acceder a la página oficial del organismo dirigido por Mercedes Marcó Del Pont.

AFIP actualizó la escala del Monotributo 2022 con una suba del 26% en los valores.

Los monotributistas tienen la posibilidad de hacer su recategorización hasta el 20 de enero. El monto de la cuota de la nueva categoría se pagará en febrero, mes posterior a la gestión.

En caso de mantener la misma categoría, el sujeto no necesita llevar adelante ningún trámite.

Todos los monotributistas deben hacer la recategorización salvo que hayan transcurrido menos de 6 meses desde su alta. Aquellos cuya inscripción fue entre 6 y 12 meses tienen que anualizar los ingresos.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitió un comunicado. En él, la entidad recomienda a los ciudadanos contratar siempre a un profesional matriculado.

Sanción por no hacer la recategorización

El artículo 26 de la Ley del Monotributo indica qué ocurre cuando no se hace el trámite. En estos casos, AFIP lleva adelante el mismo de oficio liquidando la deuda correspondiente.

Al mismo tiempo, el organismo aplicará una multa equivalente al 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional.

Los monotributistas tendrán la posibilidad de presentar un recurso de apelación.

Si acepta la recategorización de oficio, el sujeto gozará de una reducción de pleno derecho a la mitad. Para aprovechar el beneficio se debe hacer el pago dentro de los 15 días de la notificación.

En caso de que se realice la recategorización antes de recibir la notificación de la deuda, se exime la sanción.

Trámite en la página de AFIP

Para llevar adelante el trámite de recategorización es necesario ingresar a la página de AFIP. Dentro del portal es necesario identificarse con CUIT y Clave Fiscal y acceder a la sección del régimen simplificado.

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