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ADIMRA Intimada por no Firmar el Acuerdo de la Suma Fija de $800.- para los Metalúrgicos

Como ya informamos anteriormente el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo del pago de una suma fija de $ 800.- para los trabajadores de la Unión Obrera Metalúrgica de las República Argentina, UOMRA. Dicho acuerdo llegado a principio de febrero fue firmado por los representantes del gremio y con las Cámaras Empresarias C.A.M.I.M.A, A.F.A.R.T.E., C.A.I.A.M.A. y A.F.A.C., pero no por FEDEHOGAR y por ADIMRA. Recordamos que mediante el acuerdo firmado el 8 de febrero las cámaras empresarias se comprometieron a el pago de una gratificación extraordinaria de $800 (pesos ochocientos) a los trabajadores convencionados. El día 23 de febrero de 2011, el Ministerio de Trabajo por Cédula de Notificación  intimó a ADIMRA a que en el plazo de ley, ratifique […]

Como ya informamos anteriormente el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo del pago de una suma fija de $ 800.- para los trabajadores de la Unión Obrera Metalúrgica de las República Argentina, UOMRA. Dicho acuerdo llegado a principio de febrero fue firmado por los representantes del gremio y con las Cámaras Empresarias C.A.M.I.M.A, A.F.A.R.T.E., C.A.I.A.M.A. y A.F.A.C., pero no por FEDEHOGAR y por ADIMRA.

Recordamos que mediante el acuerdo firmado el 8 de febrero las cámaras empresarias se comprometieron a el pago de una gratificación extraordinaria de $800 (pesos ochocientos) a los trabajadores convencionados.

El día 23 de febrero de 2011, el Ministerio de Trabajo por Cédula de Notificación  intimó a ADIMRA a que en el plazo de ley, ratifique el acuerdo obrante a fojas 4/5 del expediente Nº 1423285/10, haciéndole saber que de guardar silencio se procederá a aplicar la extensión de la obligatoriedad del acuerdo a todos los industriales del país.

El día 3 de marzo de 2011, A.D.I.M.R.A. rechazó la intimación del Ministerio de Trabajo a ratificar el acuerdo suscripto por  UOMRA con otras cámaras empresarias, sosteniendo  que la pretensión de imponerle a las empresas que representa el contenido de un acuerdo suscripto por otras cámaras, viola los derechos constitucionales de propiedad, de libertad sindical y autonomía colectiva.

Desde A.D.I.M.R.A. informaron a los empresarios representados que el jueves se conoció el contenido de la Resolución ST N° 128/11, la cual  aún no ha sido notificada a la entidad. Sin embargo  del texto que ha trascendido de la misma surge que

«…el ámbito de aplicación del Acuerdo de que se trata se circunscribe a la representatividad del sector empresario firmante…» .

Por lo que de la cámara empresaria aclaran que de lo anterior se desprende que el acuerdo no podría extenderse más allá de la representación que ejercen las entidades firmantes,  lo cual significa que es aplicable solamente a las empresas adheridas a las cámaras firmantes .Cualquier otra interpretación sería contraria a los principios legales y constitucionales.

De todas maneras, desde A.D.I.M.R.A. le aclaran a los empresarios que los mantendrá informados de las medidas que se adopten en amparo de sus legítimos derechos.

14 comentarios en “ADIMRA Intimada por no Firmar el Acuerdo de la Suma Fija de $800.- para los Metalúrgicos”

  1. trabajo en una empresa en la cual trabajamos para griferias … con la 2da.qcena d marzo (y despues d muchos reclamos d mi parte y d mis compañeros x los supuestos $800) nos pagaron $400 lo terrible es q fue a cuenta de futuros aumentos. yo me pregunto: «alguien m consulto si yo queria algun tipo de adelanto, a cuenta de cuando me aumenten la hora»?? entonces ahora, cuando aumenten la hora a mi me van a descontar estos $400. cuando yo no los pedi. nos jodieron

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