El lunes, a las 10:00 horas, la Administración Nacional de la Seguridad Social habilitará los nuevos créditos para empleados. Los mismos se caracterizarán por ofrecer una tasa de interés muy conveniente. Su cancelación se podrá hacer en 24, 36 ó 48 cuotas. Debido a las consultas, EconoBlog aclara que habrán 3 meses de gracias para el pago de estos Préstamos Anses de $400.000.
Los trabajadores en relación de dependencia podrán volver a acceder al Programa de Préstamos Anses. Ellos no podían solicitar los mismos desde la declaración de la emergencia social.
El beneficio será para empleados aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) con ingresos brutos de hasta $700.875. No obstante, no estará disponible para trabajadores eventuales, discontinuos, de temporada o del servicio doméstico.
Contrariamente a lo ocurrido con jubilados y pensionados, los nuevos Préstamos Anses tendrán 3 meses de gracias. Es decir, el descuento de las cuotas se empezará a hacer a partir del cuarto mes del otorgamiento.
Para acceder al beneficio será necesario ser mayor de 18 años y menor a la edad jubilatoria al cancelar la deuda; tener una antigüedad laboral de, al menos, 6 meses; y ser titular de una tarjeta de crédito del banco en el cual se cobra el sueldo. Además no se puede superar la situación 2 de la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La tramitación de los créditos se podrá iniciar de lunes a viernes de 10 a 20 horas desde la página de Mi Anses. Luego tendrá que confirmarse en las oficinas del organismo sin turno.
Destino de los Préstamos Anses para trabajadores
Los Préstamos Anses permitirán a las familias saldar sus deudas con la tarjeta de crédito y tener saldo para hacer consumos. Este dinero no podrá extraer en efectivo.
De forma contraria a los créditos para monotributistas, los fondos podrán usarse con libertad. Obviamente, siempre y cuando se gasten con la tarjeta de crédito.
Cabe señalar que el BCRA estableció restricciones para los beneficiarios de estos créditos con la Comunicación A 7840. Por lo cual, los titulares no podrán comprar dólar ahorro, MEP, criptomoneda ni CEDEARS en la Bolsa; hacer operaciones con bonos de contado con liquidación; ni hacer plazos fijos.