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Multada una Empresa de Telefonía Celular por poca Claridad en una Promoción

Según informa Télam que la  Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le aplicó una multa de $ 60.000.- a una empresa de telefonía celular por falta de claridad en una promoción para líneas con el sistema de tarjetas prepagas. El Tribunal sentenció a la compañía AMX Argentina S.A., que explota a Claro, por considerar que la publicidad conocida como “duplícate”, que multiplica por dos el crédito, carece de información precisa para los usuarios. Multan a una empresa de telefonía celular por falta de claridad en promoción conocida como “duplícate”. Un cliente inició un reclamo hace unos dos años sintiéndose engañado cuando acepto la propuesta de Claro a un mensaje de texto que le proponía:  “Sólo por hoy recarga tu Claro […]

Según informa Télam que la  Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le aplicó una multa de $ 60.000.- a una empresa de telefonía celular por falta de claridad en una promoción para líneas con el sistema de tarjetas prepagas. El Tribunal sentenció a la compañía AMX Argentina S.A., que explota a Claro, por considerar que la publicidad conocida como “duplícate”, que multiplica por dos el crédito, carece de información precisa para los usuarios.

Multan a una empresa de telefonía celular por falta de claridad en promoción conocida como “duplícate”.

Un cliente inició un reclamo hace unos dos años sintiéndose engañado cuando acepto la propuesta de Claro a un mensaje de texto que le proponía:  “Sólo por hoy recarga tu Claro desde 15 pesos por cualquier medio de pago y te regalamos el importe en minutos para hablar y/o SMS”.

El cliente sintió el engaño al recargar $ 50.-, y no recibió la acreditación de ese importe sino que solamente le acreditaron mensajes de texto que correspondían a otra promoción de la tarjeta para aparatos de telefonía prepaga.

El usuario luego supo que la promoción que le ofrecieron sólo era viable si cargaba entre $15.- y $29.-.

Luis Márquez y José López Castiñeira camaristas evaluaron “la circunstancia de que el usuario debe ingresar en la página web de la firma para acceder a información relevante vinculada a la citada promoción (como es el límite de cargas de entre 15 y 29 pesos), induce en forma palmaria a error, engaño o confusión”.

A la vez que recordaron que la Dirección de Lealtad Comercial le requirió a Claro explicaciones y documentación sobre lo que había ocurrido, pero obtuvo respuestas tardías e incompletas.

La Sala II de la cámara ratificó la multa aplicada por la Secretaría de Comercio Interior el 31 de marzo de 2010, ante el reclamo formulado por un cliente.

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