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AFIP publicó la nueva escala progresiva de ganancias

La AFIP publicó la nueva escala progresiva del Impuesto a las Ganancias conforme a lo establecido en el Decreto 473/2023.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la tabla con los importes correspondientes a la nueva escala progresiva del Impuesto a las Ganancias. Estos valores se aplican a personas humanas y sucesiones indivisas sobre las rentas sujetas al tributo. Estos números serán tenidos en cuenta por los agentes de retención.

Mediante el Decreto 473/2023 subió el piso de ganancias a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) hasta fin de año. Además, la medida impacta en la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).

Para dar cumplimiento a esta normativa, AFIP publicó la nueva escala progresiva del Artículo 94. La misma toma en cuenta el SMVM vigente al 1° de octubre de 2023 ($132.000).

Tabla del Artículo 94

Los agentes de retención tendrán que considerar esta tabla al hacer la liquidación para los haberes devengados desde octubre. Se aplica a empleados en relación de dependencia con salarios brutos mayores a $1.980.000.

Como resultado de esta medida, sólo 80.000 contribuyentes tendrán que pagar el impuesto este año. Los mismos incluyen a trabajadores con cargos públicos, CEOs y jubilados de privilegio.

Eliminación de la cuarta categoría de ganancias desde 2024

A fines del mes pasado, el Senado sancionó la eliminación de la cuarta categoría de ganancias desde 2024. Debido a ello subió la base no imponible a 15 SMVM beneficiando a empleados, jubilados y pensionados. El proyecto de ley contó con 38 votos a favor y 27 en contra.

Conforme a la normativa vigente, el piso se ajustará dos veces al año, en enero y julio.

Se mantiene una deducción especial del 22% en el partido de Patagones, provincia de Buenos Aires; y las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Además se creó un impuesto cedular para dependientes con ingresos mayores al nuevo piso. Dicho tributo cuenta con una alícuota que va del 27% al 35%.

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