Martillo de un juez

Detalle de los puntos eliminados de la Ley Ómnibus

Puntos eliminados de la Ley Ómnibus anunciados por Luis Caputo: Blanqueo, moratoria, retenciones, ganancias, bienes personales y jubilados.

El Ministro de Economía, Luis Caputo, anunció nuevos cambios a la Ley Ómnibus el viernes pasado. Conforme al funcionario, el Gobierno de Javier Milei decidió retirar el capítulo fiscal del proyecto. Como resultado de ello se busca que el Congreso Nacional la apruebe más rápidamente.

La finalidad de la Ley Ómnibus es reducir el déficit fiscal a cero. No obstante, sus propuestas generaron una gran polémica que dificultan su aprobación.

Para facilitar y agilizar su aprobación se eliminó el blanqueo de capitales, la moratoria, el adelanto de Bienes Personales, la Ley de Ganancias, las retenciones y el cambio de la fórmula jubilatoria.

«Si logramos cumplir con el déficit cero vamos a dejar de tener en el mediano plazo problemas de inflación, problemas de deuda, problemas de dólar y vamos a sustentar las bases para el crecimiento. Lo que nos va a hacer despegar es todo este paquete de leyes de desregulación donde le sacamos el pie de la cabeza del Estado a sector privado. Nos va a permitir un crecimiento sostenido y de largo plazo», afirmó.

Blanqueo de capitales

La Ley Ómnibus proponía la creación de un nuevo blanqueo de capitales para residentes y no residentes. Su adhesión estaría disponible hasta el 30 de noviembre de 2024. El beneficio variaba conforme a la fecha de adhesión:

  • 5% de penalidad hasta el 31 de mayo.
  • 10% de penalidad hasta el 31 de agosto.
  • 15% de penalidad hasta el 30 de noviembre.

AFIP no cobraría el impuesto especial en caso de que se declaren activos por menos de 100.000 dólares.

Bienes incluidos en el blanqueo de capitales

  • Moneda nacional o extranjera.
  • Inmuebles ubicados dentro del país.
  • Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
  • Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares.
  • Otros bienes muebles no incluidos en incisos anteriores.
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
  • Derechos y otros bienes intangibles.
  • Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico. Se incluye a los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el extranjero.

Moratoria impositiva

Luis Caputo también anunció la eliminación de la moratoria impositiva de la Ley Ómnibus. A él se podían adherir obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre de 2023. Se excluía del régimen a las deudas por ART; aportes y contribuciones a obras sociales; seguros de vida obligatorios; y aportes a empleados del servicio doméstico.

Adelanto de bienes personales

Se proponía un adelanto al pago del impuesto sorbe los bienes personales. Conforme al capítulo eliminado se requería un pago inicial de, al menos, el 75% del total del tributo. El miso debía ingresarse hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive.

Además contemplaba una baja general de las alícuotas vigentes, las cuales hoy en día van del 0,5% al 1,5%. La propuesta es que se ubiquen del 0,5% al 1,3% en 2024; 0,5 y 1,1% en 2025; 0,5 y 1% en 2026; y 0,5% en 2027.

Retenciones a las importaciones

Originalmente, la Ley Ómnibus proponía establecer un 15% de derechos de exportación para productos que actualmente no están grabados. Además establecía una retención del 33% para la soja y sus subproductos.

Impuesto a las ganancias

Luis Caputo decidió eliminar la restauración del impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia y jubilados.

Este proyecto estaba separado de la Ley Ómnibus pero se anunció su eliminación. El mismo establecía un mínimo no imponible de $1.350.000. No obstante, el piso se elevaba a $1.590.062 para empleados casados con dos hijos.

Cambio de la fórmula de movilidad jubilatoria

Uno de los puntos más polémicos de la ley ómnibus era el del cambio de la fórmula de movilidad jubilatoria. En un principio se suspendía la ley vigente reemplazándola con aumentos discrecionales.

Luego se decidió reemplazar el ajuste por una actualización conforme a la inflación desde abril. Es decir, en marzo se aplicaría con el índice de la Ley de Movilidad vigente.

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