Jubilado pensando frente a la oficina de Anses

Aclaran que jubilaciones son embargables por deudas de alimentos

La Doctora Tamara Bezares aclaró que las jubilaciones y pensiones de la Anses son embargables por deudas de alimentos.

La Doctora Tamara Bezares respondió consultas sobre la Anses de los televidentes de «Tiempo real» por Crónica HD. Al hacerlo, la letrada recordó que las jubilaciones son inembargables por deudas con bancos y tarjetas de crédito. No obstante, recalcó que no lo son para las deudas con alimentos.

Los jubilados y pensionados no pueden ser embargados por su haber previsional. Esto se debe a que el mismo se liquida en carácter alimentario.

Sin embargo, esta inembargabilidad no se aplica en el caso de que el jubilado o pensionado tenga deudas de alimentos con sus hijos. En estos casos, el progenitor que tiene el menor o hijo con discapacidad a su cargo puede iniciar una acción judicial.

Es importante aclarar que la cuota de alimentos no debe confundirse con la asignación por hijo pagada por Anses. Ambos beneficiarios son un derecho de los menores.

SUAF por Embargo

Los jubilados y pensionados cobran asignaciones familiares como ocurre con los empleados y monotributistas. Aquel que tiene al menor a su cargo puede tramitar el llamado SUAF por embargo. Dicha gestión se realiza en la oficina de la Anses más cercana sin necesidad de presentar una sentencia judicial.

Verificar deudas en el Veraz

Los haberes previsionales son inembargables. Sin embargo recordamos que todos los ciudadanos pueden consultar sus deudas en el Veraz. Dicha consulta se puede hacer gratis cada seis meses.

Para hacer la consulta es necesario llamar a la línea (011)5352-4800 (Opción 5) de lunes a viernes de 9 a 18 horas. Si se quiere hacer la consulta por número de CNI se tiene que elegir la opción 1 y si se hace por CUIT el 2. Tras tipiar el número y el signo #, el sistema hará una serie de preguntas de validación. Finalmente se indicará el PIN que debe indicarse en la página del Veraz.

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