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Categoría: Otros

INACAP ¿Porque se paga esta contribución patronal?

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Escrito por Graciela Sabio | 12/05/2009 18:16

La Contribución patronal INACAP es obligatoria para todos los empleadores que posean trabajadores adheridos al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 para los empelados de Comercio, y se debe pagar solamente por cada uno de estos trabajadores, no así para el resto del personal que se encuentren fuera de dicho convenio. Pagando un importe igual para cualquier trabajador, sin importar su categoría o si trabaja a tiempo “Full Time” o “Part Time”.

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Se comenzó a abonar sobre los sueldos devengados en el mes de julio de 2008 con vencimiento el día 15 de agosto de 2008, y de ahí en mas se paga por mes vencido y hasta el día 15 del mes siguiente a su liquidación. De  pagarse fuera de término el sistema le pide la fecha de depósito y al colocar la fecha de pago real el comprobante sale impreso con los intereses correspondientes, que equivalen a la misma proporción del interés que fija la AFIP para el pago de sus obligaciones.

El pago de esta contribución tiene alcance Nacional. Solo se requiere tener acceso a Internet, una PC para emitir las boletas de pago, en la cual se debe tener instalado el programa  Adobe Acrobat Reader

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.