Los trabajadores de casas particulares están comprendidos por la Ley 26.844. En dicha normativa se establece la obligatoriedad de su registración en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Además se aclara cuántas horas debe trabajar un empleado doméstico con cama adentro o menor de 16 años.
Al momento de la contratación, el empleador y el empleado doméstico establecen la modalidad de contratación. Es decir, si es con o sin retiro.
En el caso de las contrataciones sin retiro no significa que el trabajador deba estar las 24 horas del día brindando sus servicios. Como lo establece la Ley 26.844, las horas de trabajo tienen un límite de 8 horas diarias o 48 horas semanales.
Asimismo, la normativa vigente fija los descansos diarios para el sector. Éstos son 3 horas seguidas entre las tareas de la mañana y de la noche; 9 horas corridas de noche; y 35 horas corridas a partir de las 13:00 horas del sábado.
Es importante aclarar que en el caso de los empleados domésticos con retiro también se fija un descanso mínimo. El mismo es de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la otra.
Jornada laboral de un empleado doméstico de 16 a 17 años
La ley prohíbe que el empleado doméstico sea menor de 16 años de edad. En caso de tener de 16 a 18 años únicamente se pueden brindar servicios con retiro. La jornada laboral para estos trabajadores no puede superar las 6 horas diarias o 36 horas semanales.
En caso de que el dependiente no haya terminado sus estudios, el empleador debe brindar flexibilidad horaria para que pueda hacerlo.
Los empleados comprendidos en este rango etario tienen que presentar un certificado de aptitud física cada 12 meses.
El empleador debe brindar ropa y alimentos
El empleador está obligado a registrar a su empelado doméstico en la página de AFIP. El trámite se realiza identificándose con el CUIL o CUIT y la Clave Fiscal.
Una vez iniciada la relación laboral no solamente tiene que pagar el salario y las contriciones. También debe brindar ropa y elementos de trabajo; y alimentación sana y suficiente (Desayuno, almuerzo, merienda o cena, dependiendo de lo que dure la jornada laboral).

