La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) estableció una nueva escala salarial para cuidadores de adultos mayores en enero de 2026. Estos sueldos básicos son el resultado de la incorporación del bono pasado los anteriores meses al básico.
Los cuidadores de adultos mayores están comprendidos dentro de la cuarta categoría del régimen especial del servicio doméstico.
Esta categoría se denominada «Asistencia y cuidado de personas». En esta ella se encuadra el personal que brinda atención no terapéutica a personas mayores, menores, enfermas o con discapacidad, acompañándolas en sus actividades diarias sin realizar tareas médicas.
Sueldos básicos de cuidadores de adultos mayores en enero de 2026
El Gobierno homologó el acuerdo salarial del servicio doméstico con la Resolución 3/2025 de la Cntcp. Como establecen los anexos de dicha normativa, los salarios mínimos que deben percibir los cuidadores de adultos mayores desde enero de 2026 son los siguientes:
- Con retiro: $3.494,25 por hora y $441.806,54 por mes.
- Sin retiro: $3.894,25 por hora y $490.745,56 por mes.
Esta escala salarial fija las remuneraciones mínimas del sector. Sin embargo, las partes pueden acordar un monto superior de común acuerdo.
Adicionales para empleados del servicio doméstico
Al igual que el resto de los empleados del servicio doméstico, los cuidadores de adultos mayores tienen derecho a cobrar un 1% adicional en concepto de antigüedad. Dicho plus se aplica por cada año trabajado desde septiembre de 2020.
Asimismo, corresponde el plus por zona desfavorable del 30% para quienes presten tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
Registración de cuidadores de adultos mayores
Los empleadores de cuidadores de adultos mayores tienen la obligación de registrarlos en el régimen de casas particulares. El alta se da desde el portal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con la Clave Fiscal.
Es importante aclarar que el trabajador de casas particulares no pierde asistencias sociales por su registración. Es decir, sigue cobrando la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Tarjeta Alimentar y, si corresponde, el Complemento Leche 1000 Días.

