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Vencimientos pago Trabajadores Autónomos Enero 2012

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que los vencimientos para el pago del periodo mes de diciembre de 2011 con vencimiento en enero de 2012 comenzó el día martes, 3 del corriente y dependen de cada terminación del Código de Identificación Tributaria, CUIT,  de cada trabajadores autónomo finalizando el 9 de enero de 2012. Recordando además, las distintas modalidades de  pago que poseen. El pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, correspondientes al período Diciembre de 2011 operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente: Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento: 0-1                             03/01/2012 2-3                             04/01/2012 4-5                             05/01/2012 6-7                             06/01/2012 8-9                             09/01/2012 Se recuerda que el pago mensual puede […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que los vencimientos para el pago del periodo mes de diciembre de 2011 con vencimiento en enero de 2012 comenzó el día martes, 3 del corriente y dependen de cada terminación del Código de Identificación Tributaria, CUIT,  de cada trabajadores autónomo finalizando el 9 de enero de 2012. Recordando además, las distintas modalidades de  pago que poseen.

El pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, correspondientes al período Diciembre de 2011 operan en las fechas que, para cada terminación de CUIT, se detallan seguidamente:

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento:
0-1                             03/01/2012
2-3                             04/01/2012
4-5                             05/01/2012
6-7                             06/01/2012
8-9                             09/01/2012

Se recuerda que el pago mensual puede realizarse a través de las siguientes modalidades:

  • Transferencia electrónica de Fondos, utilizando el Volante Electrónico de Pagos, VEP, con Clave Fiscal.
  • Por medio del Débito automático en tarjeta de crédito.
  • En los Cajeros Automáticos.
  • Personalmente ante cualquier entidad habilitada por el Organismo. El pago se efectuará exhibiendo la credencial para el pago (F. 1101) o verbalmente indicando al cajero el “Código de Registro Autónomo” y el período de pago.

También la AFIP recuerda que se obtiene un reintegro anual por un importe equivalente al impuesto integrado mensual, por abonar sus obligaciones mediante “Débito directo en cuenta bancaria” ó mediante “Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito”.

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