La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmó un acuerdo con las principales cámaras empresariales del sector que establece un aumento del 5% y el pago de un bono mensual de $20.000. Sin embargo, el convenio aún está pendiente de homologación.
El entendimiento fue rubricado por titular del sindicato de empleados de comercio, Armando Cavalieri, junto a representantes de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
Dicho convenio se selló en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Aumento para empleados de comercio aplicable en tres cuotas
El aumento pactado para los empleados de comercio será del 5% remunerativo. Este se aplicará de forma escalonada entre abril y junio de 2026:
- Abril: 2%.
- Mayo: 1,5%.
- Junio: 1,5%.
La base de cálculo incluye los básicos de marzo de 2026 más las sumas no remunerativas vigentes, estimadas en $100.000. Por lo tanto, el aumento impactará directamente en los salarios básicos, lo que también repercutirá en adicionales como antigüedad y presentismo.
Bono no remunerativo de $20.000
El nuevo acuerdo de empleados de comercio establece el pago de una suma fija no remunerativa de $20.000 mensuales durante abril, mayo y junio. Este bono no es acumulativo y se extingue mes a mes. No obstante, el importe correspondiente a junio se incorporará al básico en julio.
Además, se prorrogó el pago de las sumas no remunerativas previas de $40.000 y $60.000. Estas continuarán vigentes hasta junio y luego pasarán al salario básico. En consecuencia, durante el trimestre los trabajadores percibirán hasta $120.000 en conceptos no remunerativos.
Estos bonos para empleados de comercio serán tenidos en cuenta para el cálculo del aguinaldo, horas extras, vacaciones e indemnizaciones. Sin embargo, no realizarán aportes completos a la seguridad social, salvo excepciones como OSECAC.
Vigencia, revisión y condiciones del acuerdo
El acuerdo de empleados de comercio tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031. Sin embargo, se estableció una cláusula de revisión en junio de 2026. De este modo, las partes podrán evaluar posibles ajustes en función de la evolución económica.
Asimismo, se aclaró que los incrementos no podrán ser absorbidos por aumentos previos otorgados por las empresas. Aunque sí podrán compensarse con sumas otorgadas unilateralmente desde diciembre de 2025.
Otro punto relevante es que los pagos podrán realizarse como anticipos en caso de demoras en la homologación. Luego, esos montos serán compensados una vez que el acuerdo sea aprobado oficialmente.
Descargar el nuevo acuerdo salarial de empleados de comercio en formato PDF.

