El Ministerio de Capital Humano recordó que el alta de la Tarjeta Alimentar se realiza de manera automática. Es decir, las familias no deben completar formularios ni presentar una solicitud para acceder al programa. La incorporación depende exclusivamente de la información registrada en la Anses.
Los requisitos de la Tarjeta Alimentar fueron confirmados con la Resolución 161/2026 del Ministerio de Capital Humano. Además, la normativa estableció que el beneficio es de $72.250 por un hijo, $113.299 por dos y $149.425 por tres o más.
Alta automática de la Tarjeta Alimentar
El alta en la Tarjeta Alimentar no requiere la realización de ningún trámite. No obstante, no es inmediata. Cuando una familia comienza a cobrar una prestación compatible, el otorgamiento puede demorar de 60 a 90 días.
El alta sólo se realiza cuando el titular percibe alguna de las prestaciones contempladas por el programa:
- Asignación Universal por Hijo (AUH), ya sea por un menor o hijo con discapacidad.
- Asignación por Embarazo.
- Pensión no contributiva (PNC) para madres de siete hijos. Sólo se paga por hijos de hasta 17 años, inclusive, o con discapacidad.
- Asignación por hijo del SUAF únicamente para trabajadores rurales temporarios o estacionales comprendidos en el Decreto 514/2021.
EconoBlgo aclara que la Tarjeta Alimentar no se otorga a jubilados y pensionados. Tampoco acceden a la misma los beneficiarios de PNC por discapacidad.
Reclamar falta de otorgamiento a Capital Humano
Si una persona considera que cumple con todos los requisitos y la Tarjeta Alimentar todavía no figura en su liquidación, lo primero que debe hacer es verificar que sus datos personales y familiares estén actualizados en la Anses.
Si todo es correcto, puede mandar un correo electrónico a la dirección [email protected]. Al hacerlo, se recomienda brindar la mayor cantidad de información posible.
Cuando se puso en marcha el programa se otorgaba la Tarjeta Alimentar física. Sin embargo, durante la pandemia, se reemplazó con una acreditación bancaria.

