Niña pensando en Anses junto a cartel de AUH o SAUF

Asignación Universal por Hijo no se paga retroactivamente

La Anses aclaró que la Asignación Universal por Hijo no se paga retroactivamente. Su pago corresponde a partir del otorgamiento.

La Asignación Universal por Hijo (AUH) es una de las prestaciones más importantes que administra Anses. No obstante, existe una duda frecuente entre quienes la tramitan por primera vez: si el organismo paga los meses anteriores a la aprobación del trámite. La respuesta es negativa.

Anses inicia el pago desde el alta del beneficio

Para que la Asignación Universal por Hijo sea otorgada, Anses debe verificar que el solicitante reúna todas las condiciones establecidas por el Decreto 1602/2009. Recién después de completar ese proceso se incorpora al titular al sistema de pagos.

Por ese motivo, Anses no liquida importes correspondientes a períodos anteriores al otorgamiento, aun cuando la familia ya cumpliera con los requisitos.

La Asignación Universal por Hijo está destinada a familias cuyos ingresos no les permiten acceder al régimen de asignaciones familiares del SUAF. Por esta razón, pueden solicitarla quienes:

  • Estén desocupados.
  • Desarrollen actividades informales.
  • Sean trabajadores del servicio doméstico.
  • Estén inscriptos como monotributistas sociales.

Además, el hijo debe ser menor de 18 años o tener discapacidad, en este caso no se aplica un tope de edad.

La documentación requerida para tramitar la Asignación Universal por Hijo es la siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del adulto responsable y del menor.
  • Partida de nacimiento del hijo.
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando corresponda.
  • Sentencia de adopción, en caso de corresponder.

Tramitación de la Asignación Universal por Hijo

La gestión de la Asignación Universal por Hijo puede realizarse mediante Mi Anses o en una oficina del organismo previsional.

En la plataforma digital se debe ingresar con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Posteriormente se tiene que comprobar que todos los miembros de la familia estén registrados mediante las secciones “Información personal” y “Datos personales y familiares”. Si la información no está actualizada o falta documentación, el trámite deberá completarse mediante la sección “Atención virtual”.

Aquellos que opten por hacer el trámite presencialmente deben ir a cualquier delegación de Anses sin turno,

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