La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) acreditó hoy los $78.000 correspondientes a Acompañamiento Social. En cambio, tal como lo indicó EconoBlog, Volver al Trabajo no se pagará este mes, aunque sigue en marcha una causa judicial sobre el tema.
Los pagos de Acompañamiento Social se deben a la decisión del Ministerio de Capital Humano de extender la vigencia del programa. No obstante, sus titulares deben respetar las condiciones establecidas por el organismo para conservar la prestación.
Acompañamiento Social continuará hasta abril de 2028
Capital Humano prorrogó Acompañamiento Social mediante la Resolución 90/2026. La normativa fijó una vigencia total de 48 meses, contados desde la entrada en vigor de la Resolución 84/2024.
Por esta razón, el programa continuará hasta abril de 2028, sujeto a la disponibilidad de crédito presupuestario.
Acompañamiento Social nació en 2024 tras la disolución de Potenciar Trabajo. En él se integraron personas mayores de 50 años y mujeres con cuatro o más hijos. Por ello, muchos beneficiarios de Volver al Trabajo buscan ser incorporados al mismo tras el fin de ficho plan pero no se están efectuando pases de uno a otro programa.
Requisitos para seguir cobrando los $78.000
Capital Humano actualizó los lineamientos de Acompañamiento Social al disponer su prórroga. Por ello, los beneficiarios tienen que cumplir las condiciones vigentes para conservar el pago.
Entre los principales requisitos y controles se encuentran:
- Mantener actualizados los datos personales, de contacto y del grupo familiar.
- Responder a los procesos de actualización, validación o relevamiento dispuestos por la autoridad de aplicación.
- Participar de las acciones de acompañamiento establecidas por Capital Humanoa.
- No encontrarse alcanzado por alguna de las incompatibilidades con Acompañamiento Social previstas en los lineamientos del programa.
- Cumplir con las condiciones socioeconómicas y patrimoniales establecidas para permanecer dentro de la población destinataria.
No obstante, tras la publicación de la Resolución 209/2026, Acompañamiento Social se da de baja en los supuestos casos:
- Prófugo de la Justicia penal o correccional nacional, provincial o federal.
- Detenidos a disposición del Poder Judicial mientras dure esa situación.
- Personas cumpliendo una condena penal por sentencia firme hasta su finalización.
Cabe señalar que Capital Humano tiene la posibilidad de realizar controles para verificar el cumplimiento de los requisitos de Acompañamiento Social.





