La Anses mantiene vigente el Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado. Esta programa otorga un beneficio especial a las madres de 60 años que cobraron la Asignación Universal por Hijo (AUH) y no reúnen los 30 años de aportes.
Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado con un extra a la AUH
El Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado fue establecido por el Decreto 475/2021. Su finalidad es compensar parte del impacto que tiene la crianza de los hijos sobre la trayectoria laboral de las mujeres.
Anses reconoce un año de aportes por cada hijo nacido con vida. En cambio, se computan dos años cuando se trata de un hijo adoptado siendo menor de edad.
Asimismo, corresponde un año adicional cuando el hijo tiene una discapacidad. A su vez, las madres que cobraron la AUH durante al menos 12 meses reciben dos años adicionales por cada hijo alcanzado por esa asignación.
Por ejemplo, una madre con tres hijos podría obtener tres años mediante el reconocimiento general. Si cobró la AUH durante al menos 12 meses por cada uno, podría sumar otros seis años, totalizando nueve.
Además, Anses reconoce los períodos de licencia por maternidad y excedencia utilizados por las trabajadoras cuando corresponde.
EconoBlog recuerda que, para acceder a una jubilación ordinaria, las mujeres necesitan 60 años de edad y 30 años de aportes, salvo los regímenes especiales. Esto se debe tener en cuenta dado que la moratoria de la Ley 27.705 venció.
Es decir, haber cobrado la AUH no garantiza por sí solo el acceso a una jubilación. La madre debe reunir los años requeridos mediante sus aportes y los períodos que legalmente pueda computar o regularizar.
Requisitos del reconocimiento de Anses
El Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado está destinado a mujeres con hijos que tienen 60 años o más. Además, deben necesitar esos períodos para completar los aportes de su jubilación y no tener una jubilación otorgada o en trámite.
Por lo tanto, este reconocimiento no puede tramitarse anticipadamente antes de cumplir la edad jubilatoria.
Las interesadas deben verificar que sus hijos estén registrados correctamente en Mi Anses. En caso de no ser así, el organismo requiere DNI y las partidas de nacimiento correspondientes. Además, en caso de corresponder, se debe presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
El trámite se lleva adelante presencialmente en una oficina de Anses con turno previo.

