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Cálculo del Impuesto a las Ganancias de 4ta. Categoría

Para el cálculo de la retención mensual de los anticipos del impuesto a las Ganancias de la 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, se parte de la GANANCIA BRUTA, es la remuneración total (remunerativas y no remunerativas) a los efectos previsionales, no integra dicha remuneración las asignaciones familiares, viáticos, movilidad, los pasos a seguir son: Ganancia Bruta Menos    Obra social Seguros de Vida (hasta $ 83.01 por mes) Cuota médico asistencial (de lo abonado en el año, se deduce hasta un 5% de ganancia neta del ejercicio) Gastos de Hospitalización – Honorarios médicos (siempre y cuando no los cubra la Obra social, y del total se podrá deducir un 40%, hasta el limite del 5% de […]

Para el cálculo de la retención mensual de los anticipos del impuesto a las Ganancias de la 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, se parte de la GANANCIA BRUTA, es la remuneración total (remunerativas y no remunerativas) a los efectos previsionales, no integra dicha remuneración las asignaciones familiares, viáticos, movilidad, los pasos a seguir son:

Ganancia Bruta

Menos

   Obra social

Seguros de Vida (hasta $ 83.01 por mes)

Cuota médico asistencial (de lo abonado en el año, se deduce hasta un 5% de ganancia neta del ejercicio)

Gastos de Hospitalización – Honorarios médicos (siempre y cuando no los cubra la Obra social, y del total se podrá deducir un 40%, hasta el limite del 5% de la ganancia neta anual

Seguro de Retiros privados (deduce hasta $ 1.261.16 anuales)

Intereses prestamos hipotecarios (hasta $ 20.000.- anuales)

Impuestos sobre debitos y créditos en cuentas corrientes bancarias.

Servicio Domestico (del importe anual de remuneración y aportes pagados al empleado y declarado a través del Formulario 572, se deducirá $ 7.500.- anuales

Se obtiene así la GANANCIA NETA

     Menos

MÍNIMO NO IMPONIBLE  $625.00 por mes

DEDUCCIÓN ESPECIAL    $ 2375.00  POR MES

CARGAS DE FAMILIA 8En función de las que hubiere declarado en el Formulario 572, se deduce hasta el % indicados en l tabla de deducciones personales, según fuera la GANANCIA NETA acumulado al mes que se esta calculado la retención. Los importes son:     Cónyuge      $ 500.-     Hijos    $  250.-    Otras cargas  $250.-  por mes.

Se obtiene la GANANCIA NETA sujeta a impuesto

Cuando tenemos la Ganancia Neta sujeta a impuesto, ésta se ubica en la tabla de cálculo del impuesto:

GANANCIA NETA             DISMINUCION
Más de   $                    Hasta $                               %

$ –                              $ 48.000,00                         $ –
$ 48.000,00             $ 65.000,00                           10%
$ 65.000,00             $ 91.000,00                           30%
$ 91.000,00             $ 130.000,00                         50%
$ 130.000,00          $ 195.000,00                          70%
$ 195.000,00           $ 221.000,00                         90%
$ 221.000,00           en adelante                             100%

así se determina el impuesto acumulado al mes que se esta calculando la retención y de este se extraen los anticipos pagados hasta el mes anterior, OBTENIENDO ASÍ LA RETENCIÓN A PRACTICAR EN EL MES.

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