La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, les recuerda a los beneficiarios del cobro de alguna de las Asignaciones por Discapacidad, ya sea por Hijo, Hijo Universal o Cónyuge con Discapacidad, que se hayan emitido de manera transitoria tienen vencimiento expresado en las mismas, deben obligatoriamente para continuar percibiéndolas el correspondiente Certificado Único de Discapacidad, CUD.
Las autorizaciones que haya emitido ANSES de forma transitoria hasta el 30 de noviembre de 2011 tienen la fecha de validez expresada por lo que solamente corresponde la presentación del CUD para acreditar plenamente la discapacidad en toda la República Argentina, no así para las que fueron otorgadas de forma permanente que continuaran siendo válidas para el cobro.
Beneficiarios que presentaron para el cobro de alguna Asignación por Discapacidad de forma transitoria deben obligatoriamente al vencimiento de este presentar el respectivo CUD para continuar percibiendo dicha Asignación.
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