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Nuevo Aplicativo de AFIP para Ganancias Personas Jurídicas

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través de la Resolución General Nº 3.478/2013, aprobó el nuevo aplicativo, denominado: Ganancias Personas Jurídicas, Versión 12, que deberán utilizar las sociedades o contribuyentes alcanzados por la RG Nº3077 para determinara la liquidación del impuesto a las Ganancias del año 2012 y sucesivos, que vencen en el próximo mes de mayo. Deberán confeccionar mediante este aplicativo el Formulario F713 que deberán enviar vía transferencia electrónica a la página Web www.afip.gob.ar. Los contribuyentes y responsables alcanzados por las disposiciones de la RG Nº 3077, que regula el procedimiento para que sean determinadas las Declaraciones Juradas, DDJJ, de la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondientes a las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través de la Resolución General Nº 3.478/2013, aprobó el nuevo aplicativo, denominado: Ganancias Personas Jurídicas, Versión 12, que deberán utilizar las sociedades o contribuyentes alcanzados por la RG Nº3077 para determinara la liquidación del impuesto a las Ganancias del año 2012 y sucesivos, que vencen en el próximo mes de mayo. Deberán confeccionar mediante este aplicativo el Formulario F713 que deberán enviar vía transferencia electrónica a la página Web www.afip.gob.ar.

Los contribuyentes y responsables alcanzados por las disposiciones de la RG Nº 3077, que regula el procedimiento para que sean determinadas las Declaraciones Juradas, DDJJ, de la liquidación del Impuesto a las Ganancias correspondientes a las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otras que apliquen balances comerciales, basados en libros contables, deberán utilizar el aplicativo Ganancias Personas jurídicas, versión 12, para efectivizar las presentaciones desde el día 19 de abril de 2013.

A través del nuevo aplicativo se generarán la DDJJ de Ganancias Personas Jurídicas, Formulario 713, con carácter de Declaración Jurada debiendo remitirlo vía Web por transferencia electrónica, ingresando con el Nombre del usuario y la “Clave Fiscal

La normativa de la AFIP, especifica que las DDJJ originales o rectificativas correspondientes a ejercicios comerciales operados hasta el 30 de noviembre de 2005 se deberán presentar con la Versión 6.0.

1 comentario en “Nuevo Aplicativo de AFIP para Ganancias Personas Jurídicas”

  1. Graciela, bs noches
    Quisiera saber si existe alguna «incompatibilidad» o «inconveniente» en que un profesional (cdor.) q ejerce exclusivamente en relación de dependencia sea al mismo tiempo socio de la Entidad que lo emplea.
    Me gustaria conocer tu opinión. GRACIAS !!!!

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