La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a través de la Resolución General Nº 2.437, establece la obligatoriedad para los trabajadores en relación de dependencia que ganan más de $96.000.- al año o bien que superan los $144.000.-, también anuales, deben presentar antes del 30 de junio de cada año, una Declaración Jurada detallando su patrimonio o una presentación simplificada de Ganancias, respectivamente.
A fines de junio vence la presentación de Ganancias y Declaración de Bienes personales al 31 de diciembre de 2012, que establece la AFIP para los trabajadores en relación de dependencia, según las siguientes pautas:
- Que hubiesen percibido por su trabajo, en su conjunto, ganancias brutas iguales o superiores a los $96.000.-, deberán declarar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales.
- Si hubieran obtenido durante el año fiscal 2012 ingresos brutos por un importe igual o superior a $144.000.- deberán informar:
- Detalle de sus Bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas de Bienes Personales.
- Total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Ganancias.
Debiendo utilizar para las presentaciones el aplicativo vigente de la AFIP, y los dependientes cutos ingresos brutos superen los $144.000.- al año podrán optar por elaborar la presentación a través del servicio denominado «Régimen Simplificado – Ganancias Personas Físicas».
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.