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Requisitos para acceder al Plan de Pago Permanente de la AFIP 2013

Desde ayer, 5 de agosto de 2013, se encuentra vigente el Régimen de Pagos que puso en vigencia la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a cual se puede acceder desde la página oficial del organismo, www.afip.gob.ar, al servicio de “Mis Facilidades” opción “Plan de facilidades de pago RG3516” del sistema “Mis facilidades”. Permite sean canceladas obligaciones impositivas y de la seguridad social, en hasta seis meses, empleadores o aquellos que en el último año hayan tenido ingresos brutos iguales o inferiores a los $10 millones. Los requisitos para acceder al Plan de Pago Permanente de la AFIP 2013 son: a) Que hayan tenido ventas o ingresos brutos anuales consignados en las declaraciones juradas mensuales de IVA de los […]

Desde ayer, 5 de agosto de 2013, se encuentra vigente el Régimen de Pagos que puso en vigencia la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a cual se puede acceder desde la página oficial del organismo, www.afip.gob.ar, al servicio de “Mis Facilidades” opción “Plan de facilidades de pago RG3516” del sistema “Mis facilidades”. Permite sean canceladas obligaciones impositivas y de la seguridad social, en hasta seis meses, empleadores o aquellos que en el último año hayan tenido ingresos brutos iguales o inferiores a los $10 millones.

Los requisitos para acceder al Plan de Pago Permanente de la AFIP 2013 son:

  • a) Que hayan tenido ventas o ingresos brutos anuales consignados en las declaraciones juradas mensuales de IVA de los últimos 12 meses contados desde el mes inmediato anterior al de adhesión por un importe igual o inferior a 10.000.000 de pesos.
    • Cuando no se registren operaciones gravadas en el IVA se tomarán como parámetro los ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias del último período fiscal vencido al mes inmediato anterior al de adhesión.
  • b) Que hayan exteriorizado como mínimo dos empleados en la declaración jurada del Sipa del mes inmediato anterior al de adhesión.
    • En el caso de personas físicas únicamente, podrán contar con un empleado declarado en el registro especial de personal de casas particulares.

El Plan de Facilidades de Pago Permanente de la Resolución General Nº 3.516/2013 permite que se cancelen las deudas en hasta 6 cuotas mensuales por un valor igual o superior a $150.- Con un interés de financiación del 1.35%.

El valor de la cuota será debitada mediante Débito Directo por lo que es necesario cargar en “Mis Facilidades” junto con los datos de quién realiza el Plan el CBU bancario, donde mensualmente cada día 16 le serán descontadas. En el caso de que la AFIP no pudiese realizar el cobro intentará realizarlo el día 26, sumando los intereses respectivos.

Ante la falta del pago de  una sola cuota el Plan quedará caduco.

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