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Guía por Internet de la AFIP para la Recategorización del Monotributo

En septiembre será la próxima recategorización que deberán realizar los Monotributistas y la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, actualizó y  relanzó el instructivo que detalla los pasos a seguir los pequeños contribuyentes para realizarla. Está guía por Internet de la AFIP para la recategorización del Monotributo, indica paso por paso el procedimiento que deben realizar hasta el día 20 del mes que viene, para saber si continúan encuadrados en la misma categoría y condición fiscal. La AFIP brinda una guía online para recategorizarse los Monotributistas, precisando que el trámite lo deben realizar desde la página Web, www.afip.gob.ar, ingresando con su CUIT y su “Clave Fiscal”  accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”, “Monotributo”, indicar su CUIT y Recategorización. […]

En septiembre será la próxima recategorización que deberán realizar los Monotributistas y la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, actualizó y  relanzó el instructivo que detalla los pasos a seguir los pequeños contribuyentes para realizarla. Está guía por Internet de la AFIP para la recategorización del Monotributo, indica paso por paso el procedimiento que deben realizar hasta el día 20 del mes que viene, para saber si continúan encuadrados en la misma categoría y condición fiscal.

La AFIP brinda una guía online para recategorizarse los Monotributistas, precisando que el trámite lo deben realizar desde la página Web, www.afip.gob.ar, ingresando con su CUIT y su “Clave Fiscal”  accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”, “Monotributo”, indicar su CUIT y Recategorización.

Para acceder a la guía para saber como recategroirzarse, hacer clic aquí.

Todos los Monotributistas tienen tiempo hasta el 20 de septiembre para realizar la segunda recategorización anual, donde deberán tener en cuenta los datos del último año, desde septiembre 2012 hasta agosto de 2013, ingresos brutos obtenidos, superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados.

Y así determinar si continua en la misma categoría, tanto sea que desciende o asciende a otra y modificar la credencial de pago, que recién deberá utilizar para pagar el mes de octubre de 2013.

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