Titular de PNC en delegación de Anses

Situación en las que se Encuentran las Pensiones Graciables y no Contributivas

Es conveniente aclarar que las pensiones graciables  o las no contributivas son aquellas que si bien pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, se deben tramitar y gestionar a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y corresponden a las personas con discapacidad, mayor al 76% y lo determina un ajunta médica de esa institución, madre de más siete hijos y personas mayores de 70 años, todas que no reciban otro beneficio social. Existen en nuestra reglamentación prestaciones dentro del sistema general de la Seguridad Social, que se pueden dividir en: Área Contributiva: Son las que se encuentran comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA, que administra ANSES y que generalmente regidas por la […]

Es conveniente aclarar que las pensiones graciables  o las no contributivas son aquellas que si bien pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, se deben tramitar y gestionar a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y corresponden a las personas con discapacidad, mayor al 76% y lo determina un ajunta médica de esa institución, madre de más siete hijos y personas mayores de 70 años, todas que no reciban otro beneficio social.

Existen en nuestra reglamentación prestaciones dentro del sistema general de la Seguridad Social, que se pueden dividir en:

Área Contributiva:

Son las que se encuentran comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA, que administra ANSES y que generalmente regidas por la Ley Nº  24.241, las Cajas provinciales y las de profesionales.

Área no Contributiva:

Son las denominadas “Pensiones no contributivas” que se dividen en dos grupos de prestaciones:

A) Pensiones Asistenciales aquellas destinadas a personas consideradas con “Necesidades Básicas Insatisfechas”, N.B.I., que pueden ser de tres clases:

  1. ”Pensiones por edad avanzada” (ley 13.478 , reglamentada por decreto 582/03 ).
  2. ”Pensiones para madres de 7 hijos o más” (ley 23.746, reglamentada por decreto 2360/90).
  3. ”Pensión por Invalidez” (ley 18.910, reglamentada por decreto 432/97 ).

B) Pensiones Graciables, que son las otorgadas por diputados y senadores (ley 13.337).

Estas últimas son las instituidas por la ley Nº 13.337 del año 1948, mediante la que se establecieron disposiciones a fin de peticionar pensiones graciables al Congreso Nacional.

La Resolución Conjunta 1/12 -de fecha 29/2/2012- dictada por los Presidente del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación, dispuso suspender la tramitación de las solicitudes ya recibidas y dejar sin efecto la recepción de nuevas peticiones; el texto es el siguiente:

Artículo 1° – Comuníquese a los Legisladores nacionales la decisión de suspender la tramitación de las pensiones contempladas en el art. 1° de la ley 13.337. Asimismo se suspende la recepción de las peticiones de pensiones formuladas por particulares ante este Honorable Congreso.
Artículo 2° – Regístrese, comuníquese y archívese.
Firmado: Amado Boudou. Julián Domínguez.

96 comentarios en “Situación en las que se Encuentran las Pensiones Graciables y no Contributivas”

  1. hola ..yo quiero saber si alguien me puede ayudar ..a mi papa le suspendieron el pago de la pension graciable y fue despues de inscribirse en pami.. x favor q hay q hacer para q le sigan pagando la pension..desde ya muchas gracias

    1. rosa

      como se inscribio en PAMI??? pensiones solo tienen PROFE y las pensiones graciables son para personas que no cuentan ni ellas ni su grupo familiar con ingresos

  2. Hola tengo una pension no contributiva. Pero me suspendieron xq dicen q percibo una pension provincial q debo hacer? Debo presentar de nuevo la renuncia? Y cuanto demora para q me habiliten de nuevo. Es mi unico ingreso ! si pudieran darme una ayuda le agradeceria

  3. Buenos días, no se si este es el medio para averiguar lo que voy a consultar:
    Tengo una pensión graciable no contributiva provincial , y la pregunta es: por que además de cobrar una suma irrisoria, ($ 600) actualmente, casi nunca recibimos aumentos, estamos fuera del sistema, y supuestamente deberíamos vivir con ese dinero durante el mes, una persona sola no lo puede hacer, desde ya, como están las cosas.
    Agradecería si alguien me podrá dar una respuesta a este tema.

  4. Hola yo kiero saber si mi madre puede solicitar un pensión.. Es diabetica y es sorda de un oído. Y tiene 56 años y no consigue trabajo y no tiene como sustentable. Yo con lo q puedo la ayudó pero kiero saber si algo puedo hacer para ella

  5. una persona soltera de 59 años,sexo masc. le detectaron ivh positivo,esta comenzando un tratamiento,no puede trabajar por su estado, no tiene obbra social alguna, que le corresponderia hacer.Existe un tipo de pension o algo que se pueda tramita.por favor c uidado a ña contestacion en mi mail debido que es para ayudar a una persoona. y que nadie sabe que deseo hacerlo gracias.

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