Billete de un dólar escondido

Vencimiento para solicitar a AFIP la devolución del 35% por compras en el exterior

El sábado 31 de enero de 2015 es la fecha límite que tienen los contribuyentes para solicitar a AFIP la devolución del 35% retenido por haber realizado compras en el exterior, comprado moneda extranjera o adquirido paquetes turísticos. Este trámite debe ser realizado mediante la página web www.afip.gob.ar y varía dependiendo de si se trata o no de un contribuyente alcanzado por el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Los contribuyentes que hayan sufrido una retención por sus compras en dólares u otras divisas pueden computar dicho dinero como un pago a cuentas del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Sin embargo, ellos pueden solicitar a AFIP que se les realice la devolución de dicho recargo. Las operaciones […]

El sábado 31 de enero de 2015 es la fecha límite que tienen los contribuyentes para solicitar a AFIP la devolución del 35% retenido por haber realizado compras en el exterior, comprado moneda extranjera o adquirido paquetes turísticos. Este trámite debe ser realizado mediante la página web www.afip.gob.ar y varía dependiendo de si se trata o no de un contribuyente alcanzado por el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.

Los contribuyentes que hayan sufrido una retención por sus compras en dólares u otras divisas pueden computar dicho dinero como un pago a cuentas del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Sin embargo, ellos pueden solicitar a AFIP que se les realice la devolución de dicho recargo.

Las operaciones sobre las cuales se realice la retención del 35% son las siguientes:

  • Compras con tarjetas de debido y de crédito por Internet o en comercios ubicados en el exterior.
  • Compra de paquetes turísticos para viajes fuera del país.
  • Compra de pasajes aéreos, terrestres o por vía acuática con destinos en el exterior.
  • Adquisición de dólar turista u otra moneda para realizar un viaje.

Aparte es posible solicitar la devolución del 20% retenido por la compra de dólar ahorro.

El trámite a realizar para hacer esta solicitud depende de la condición del contribuyente frente al fisco. A continuación detallamos las guías para realizarlo:

En caso de que AFIP acepte realizar el reintegro del dinero retenido, el mismo se depositará en la cuenta bancaria del solicitante mediante su CBU. Si se rechaza la misma, se informará esta decisión, la cual puede ser reclamada dentro de los 15 días y el organismo tiene 60 días para dar una nueva respuesta.

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