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Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo. Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP. […]

Los sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes y el empleador otorgará en cada caso el recibo correspondiente. El Formulario Nº 102 de la AFIP tiene en su parte inferior el correspondiente recibo de sueldo.

Los aportes y contribuciones obligatorios para el personal del servicio domestico se ingresan por mes vencido del 1 al 10 de cada mes, mediante el Formulario Nº 102 de AFIP  (volante de pago – nuevo modelo) y según los medios de pagos habilitados por la AFIP. Los aportes voluntarios se ingresan por mes vencido del 1 al 15 de cada mes, mediante el Formulario Nº 575 de AFIP y según los medios de pagos habilitados por AFIP.

La AFIP mediante la resolución 1978 (BO: 16/12/2005) establece requisitos para el respaldo documental de aportes y contribuciones obligatorios, los cuales deberán consignarse en el Formulario Nº 102 de AFIP  nuevo modelo.
Se determinan de acuerdo a las horas trabajadas por semanas.
En el mes de Junio y Diciembre fecha que se abona al Aguinaldo, se calcula como un mes común, o sea que el aguinaldo si bien se paga al trabajador no se tienen en cuenta para el pago de los aportes y contribuciones.

Empleados que trabajan de 6 horas a 16 horas o más semanales, pero que no configuran la relación de dependencia ejemplo tres días a la semana 9 horas por día, es decir, 27 horas semanales.
Al igual que los empleados en relación de dependencia deben obtener la CUIL y realizar el pago de los aportes que a continuación se detallan, según la cantidad de horas trabajadas por semana.

CUADRO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES TRABAJADORES ACTIVOS

Empleado Empleador Empleado Empleado Empleado Empleado
Horas por semana Aporte obligatorio Obra Social Contribución Obligatoria (SIJP) Aporte voluntario obra social grupo familiar a cargo Aporte voluntario obra social titular Aporte voluntario (SIJP) Aporte voluntario (SIJP)
6 hs. o más $ 8.- $12.- $24,44 $12.- $23.- $ 33 o más
12 hs. o más $ 15.- $24.- $24,44 $5.- $11.- $ 33 o más
16 hs. o más $ 20.- $35.- $24,44 $ 33 o más

CUADRO INGRESO DE LA OBLIGACIÓN MENSUAL FORMULARIO Nº 102

F 1021 TRABAJADORES ACTIVOS
Horas trabajadas semanalmenteMarcar con x IMPORTE
0 Desde 6 a menos 12 $ 20.-
0 Desde 12 a menos 16 $ 39.-
0 16 o más $ 59.44

213 comentarios en “Aportes, Contribuciones y Recibos de Sueldos del Personal del Servicio domestico”

  1. hola,hace 2 años y medio que deje de trabajar!supuestamente me aportaban…
    mi consulta es si realmente me aportaron,y ahora que no estoy trabajando,como queda mi situacion?y no se en que banco me hicieron dichos aportes.
    desde ya,cualquier informacion,que sea enviada a mi correo electronico.muchas gracias.

  2. Graciela, ¿el importe del aguinaldo se suma al salario de diciembre y ese total es el que debe constar en el F 102 donde dice «Monto de la Retribución»? Gracias,

    Aníbal

  3. Hola Ana Maria.

    No me pones la antiguedad pero si es menos de 5 años le corresponde 10 días habiles, no le tenes que pagar por cuidar a la hermana pero esta bien que le des los dias como vacaciones

    gracias

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