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Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico. Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal […]

El día de ayer, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por la Resolución 939, selló las primeras paritarias del sector. En las mismas se acordó un incremento en los sueldos básicos de las empleadas domésticas del 28% aplicable en dos tramos (21% en septiembre y 7% en diciembre). En este artículo, Econoblog.com.ar detalla la planilla con la nueva escala salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico.

Las paritarias en las cuales se acordó el aumento en los sueldos del servicio doméstico fueron celebradas entre 7 gremios; dos asociaciones civiles presentando a los empleadores, el Sindicato de Amas de Casa (Sacra) y el Emtracap (Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); y los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo.

En este primer Acuerdo Salarial del personal doméstico se acordó un incremento en los salarios del sector del 28% que se aplicará de las siguientes formas:

  • 1ero de septiembre de 2015: 21%.
  • 1ero de diciembre de 2015: 7%.

Es importante tener en cuenta que la segunda suba no es acumulativa. Es decir, ambos porcentajes se aplicarán sobre los valores vigentes al mes de agosto del corriente año.

La Escala Salarial 2015-2016 del Servicio Doméstico publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o varios
personas.
Ago. $40 $44 $5.135 $5.720
Sep. $49 $54 $6.213 $6.922
Dic. $52 $57 $6.573 $7.322
Personal para tareas específicas Empleados contratados como cocinero o para desempeñar otra tarea
que requiere idoneidad.
Ago. $38 $42 $4.771 $5.311
Sep. $46 $51 $5.773 $6.427
Dic. $49 $54 $6.107 $6.798
Caseros Personal que desempeña tareas para el cuidado de una propiedad
en la cual habita con motivo del contrato de trabajo.
Ago. $36 $4.654
Sep. $44 $5.632
Dic. $46 $5.958
Asistencia y cuidado de personas Trabajadores que brindan asistencia y cuidado no terapéutico de
personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos.
Ago. $36 $40 $4.654 $5.187
Sep. $44 $49 $5.632 $6.277
Dic. $46 $52 $5.958 $6.640
Personal para tareas generales Personal que brinda servicio de limpieza, lavado, planchado,
mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del
hogar.
Ago. $33 $36 $4.186 $4.654
Sep. $40 $44 $5.065 $5.632
Dic. $43 $46 $5.358 $5.958

Cabe señalar que las negociaciones paritarias fueron celebradas conforme a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley 26.844. Hasta septiembre de 2014, las subas eran establecidas por la cartera laboral, la cual otorgó un 30% en su último aumento.

La Ley 26844 ha establecido una gran cantidad de beneficios a los trabajadores de Casas Particulares. Entre otras cosas, la misma se obliga a los empleadores a pagar una obra social y efectuar aportes jubilatorios de su personal. Dicha norma establece que le jornada de trabajo diaria no puede ser mayor a 9 horas y la semanal no puede superar las 48 horas.

En dicha ley se establece un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, en dicha norma se establece los siguientes conceptos para los empleados domésticos: preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

3.055 comentarios en “Escala Salarial 2015 – 2016 del Servicio Doméstico”

  1. necesito saber cuido anciana con demencia senil, estoy blanqueada de lunes a viernes 4 horas, entre en junio cuando me puedo tomar vacaciones.me pagan 4080 pesos ¡esta bien! dice mi empleadora que es lo que marca la ley, gracias

    1. Victor no hay nada estipulado para el pago de los fines de semana, solo que el valor mínimo por hora es de $55.- hasta noviembre desde diciembre $62.- y que los sábados después de las 13.00 horas, domingos y feriados se paga doble, en base a eso saca un calculo y arregla tu sueldo

  2. buenos dias
    Tengo una consultasobre la sra que trabaja en mi casa, cuidando a mi mama; antes de la ultima paritaria trabajaba bajo la modalidad mensualizada, y le pagaba por 80 hs al mes $4000. Pero continuamente se tomaba licencias por enfermedad de 15 o 20 dias…. y no cumplia correctamente con los horarios(llegaba mas tarde y se iba mas temprano de lo que habiamos acordado) A partir de julio arreglamos de trabajar por hora, le pago $75 la hora. Este mes le pague por 60 hs de las cuales 15 fueron con certificado medico. me corresponde pagarle si no viene a trabajar y me presenta certificado, y de corresponderme como lo hago figurar en su recibo de sueldo. gracias.

    1. ana laura Sueldo mínimo 7030/176 por la cantidad de horas que trabaje en el mes, las horas de los días feriados no trabajados se suman para el calculo

  3. Buenos dias,mi nombre es jorge, quisiera saber si me puden orientar, un familiar (tia) es cuidada y/o acompañada, por una persona que esta con ella durante el día.
    Cabe aclarar que mi tia , no tiene ningún tipo de discapacidad y/o impedimento para movilizarse. De noche a veces x no viajar se queda a dormir alli.
    Quisiera saber cuanto se debería abonar en forma mensual.
    Gracias

    1. Jorge Por trabajar 48 horas semanales de lunes a sábado hasta las 13.00 horas sueldo mínimo $7030.- (sabado por la tarde domingos y feriados se pagan doble) las noches si ella es la que pide quedarse por no viajar, no se le paga, si quieren se le reconoce algo

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