La página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) efectuó la publicación del calendario con las fechas de vencimiento de la cuota de autónomos en octubre de 2015. Este mes, los trabajadores independientes inscritos en el Régimen General (RG) deben pagar los aportes y contribuciones de la Seguridad Social correspondientes a septiembre, los cuales cuentan con un aumento.
El cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento para autónomos en octubre de 2015 varía en base a la terminación del número de CUIT del contribuyente. El mismo es el siguiente:
Fecha de vencimiento | Finalización del CUIT |
05/10/15 | 0-1 |
06/10/15 | 2-3 |
07/10/15 | 4-5 |
08/10/15 | 6-7 |
09/10/15 | 8-9 |
El pago de la cuota del RG es a mes vencido por lo cual se abona septiembre de 2015 con el aumento que el organismo recaudador aplicó a los valores conforme a la Ley de Movilidad Jubilatoria, la cual actualiza dos veces por año las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) aplicando el índice de movilidad. Los interesados en consultar los nuevos importes deben ingresar AQUÍ.
Como indica la Resolución General 3.794, los damnificados de las Provincias de Buenos Aires y Santa Fe poseen un plazo especial de vencimiento por lo cual esta obligación vencerá conforme al calendario de pagos de marzo de 2016. Además, como estipula la RG 3.795, los inundados de Salta este pago vencerá en enero.
Las formas de pago de la cuota de Autónomos son las siguientes:
- Transferencia electrónica de fondos generando un Volante Electrónico de Pagos (VEP) por Internet mediante el sitio de AFIP con la Clave Fiscal. Es posible realizarlo siguiendo los pasos detallados ACÁ.
- Por débito automático en una tarjeta de crédito.
- Por débito directo en una cuenta bancaria.
- Mediante un cajero automático.
- Personalmente en cualquier entidad habilitada por la Administración Federal exhibiendo el Formulario 1101 o informando al cajero el Código de Registro Autónomo y el período de pago (Septiembre/2015).
Un dato a tener en cuenta es que los contribuyentes adheridos al débito automático o directo gozan de una bonificación anual equivalente a una cuota.
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