Cuaderno con logo de la AFIP

AFIP, Autónomos, como se abonan los periodos anteriores al reempadronamiento

El contribuyente que deba pagar periodos anteriores al reepadronamiento de autónomos debe proceder de la siguiente manera. Pago Autónomos Periodo anteriores a febrero 2007, inclusive, deberá indicar al cajero que ingrese como Formulario 1101, Código de Registro Autónomos CRA que corresponde según la siguiente tabla: CRA CATEGORÍA IMPORTE 10 A 99.84 20 B 122.56 21 B Prima 134.05 30 C 163.84 31 C Prima 179.20 40 D 245.12 41 D Prima 268.10 50 E 409.28 51 E Prima 447.65 60 F 572.48 71 G 818.24 71 G Prima 894.95 80 H 1227.84 90 I 1536 100 J 1536 210 A2 Ama de casa 34.32 310 A3 Ex-Agente Estado 34.32 510 A5 Jubilado 84.24 Los trabajadores autónomos que deban cancelar deuda […]

El contribuyente que deba pagar periodos anteriores al reepadronamiento de autónomos debe proceder de la siguiente manera.

Pago Autónomos Periodo anteriores a febrero 2007, inclusive, deberá indicar al cajero que ingrese como Formulario 1101, Código de Registro Autónomos CRA que corresponde según la siguiente tabla:

CRA

CATEGORÍA IMPORTE
10 A 99.84
20 B 122.56
21 B Prima 134.05
30 C 163.84
31 C Prima 179.20
40 D 245.12
41 D Prima 268.10
50 E 409.28
51 E Prima 447.65
60 F 572.48
71 G 818.24
71 G Prima 894.95
80 H 1227.84
90 I 1536
100 J 1536
210 A2 Ama de casa 34.32
310 A3 Ex-Agente Estado 34.32
510 A5 Jubilado 84.24

Los trabajadores autónomos que deban cancelar deuda como tales lo deben realizar con los instrumentos de pagos que a continuación se detallan según el período que se trate:

Deudas Pre SIJP (hasta junio de 1994, inclusive)
Formulario 799/E (uno por capital y otro por intereses)

CÓDIGOS A CONSIGNAR

CAPITAL INTERESES
IMPUESTO 966 IMPUESTO 966
CONCEPTO 019 CONCEPTO 019
SUB CONCEPTO 019 SUB CONCEPTO 051

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *