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AFIP: Graduales descuentos retroactivos de Ganancias

Esta semana, mediante el Decreto 394/2016, el Gobierno Nacional ha oficializado el aumento del Mínimo no Imponible y la anulación del Decreto 1242/2013. Por lo cual, muchos trabajadores en relación de dependencia deberán empezar a tributar. En referencia a este tema, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, afirmó que serán graduales los descuentos retroactivos de Ganancias para dichos casos. El Decreto 1242/13 eximía del pago del Impuesto a las Ganancias a aquellos empleados y jubilados que contaban con una remuneración menor a 15.000 pesos en agosto de 2013. Con la eliminación del mismo serán muchas las personas que tendrán que empezar a pagar dicho tributo por lo cual se les aplicarán descuentos en sus […]

Esta semana, mediante el Decreto 394/2016, el Gobierno Nacional ha oficializado el aumento del Mínimo no Imponible y la anulación del Decreto 1242/2013. Por lo cual, muchos trabajadores en relación de dependencia deberán empezar a tributar. En referencia a este tema, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, afirmó que serán graduales los descuentos retroactivos de Ganancias para dichos casos.

El Decreto 1242/13 eximía del pago del Impuesto a las Ganancias a aquellos empleados y jubilados que contaban con una remuneración menor a 15.000 pesos en agosto de 2013. Con la eliminación del mismo serán muchas las personas que tendrán que empezar a pagar dicho tributo por lo cual se les aplicarán descuentos en sus sueldos / jubilaciones.

Debido a que los cambios en Ganancias 2016 son retroactivos al 1ero de enero, en dichos casos será necesario aplicar retenciones retroactivas. Con el fin de alivianar dicho impacto, el titular de AFIP afirmó que esto se repartirá en hasta 10 cuotas, las cuales aún no se sabe cuándo comenzarán a aplicarse.

A diferencia de los descuentos retroactivos que se aplicarán, las devoluciones de las percepciones retenidas en exceso por la aplicación del nuevo régimen para este año serán devueltas en solamente un pago.

Con las modificaciones anunciadas por el Presidente Mauricio Macri la semana pasada, los empleados solteros cuyo sueldo neto sea de hasta $18.880 no tributarán y los que excedan dicho importe deberán pagar el gravamen. En cuanto a los casados con dos hijos, estarán obligados a pagar aquellos que ganen más de $25.000 de bolsillo.

Las nuevas deducciones serán las siguientes:

  • Mínimo no imponible: $42.318.-
  • Hijo: $19.889.-
  • Cónyuge: $39.778.-
  • Adicional de 4° Categoría: $203.126.-

Un dato a tener en cuenta es que los autónomos son los más beneficiados con estos cambios. Esto es porque el Mínimo no Imponible no era modificado para ellos desde hacía muchos años, dado que el anterior Gobierno no los incluyó dentro de los beneficios que otorgó a los asalariados y a los jubilados.

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