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ANSeS, subsidio por fallecimiento

El ANSeS otorga un subsidio de $ 1.000.- por fallecimiento de un jubilado, pensionado o persona a cargo, quienes lo cobran y donde realizar el trámite correspondiente: Fallecimiento de un jubilado o pensionado que no tenga ningún derecho habiente: Cobra el subsidio la persona que se hizo cargo de pagar los gastos de sepelio, el trámite lo debe realizar la persona ante las oficinas de Correo Argentino, llevando Documento nacional de identidad, certificado de defunción y factura de los gastos.     2.   Fallecimiento de un jubilado o pensionado que tenga una persona que cobrar la pensión: Cuando realiza el trámite para cobrar la pensión correspondiente debe solicitarlo en las oficinas de ANSeS, y lo va a cobrar en su primer […]

El ANSeS otorga un subsidio de $ 1.000.- por fallecimiento de un jubilado, pensionado o persona a cargo, quienes lo cobran y donde realizar el trámite correspondiente:

  1. Fallecimiento de un jubilado o pensionado que no tenga ningún derecho habiente:

Cobra el subsidio la persona que se hizo cargo de pagar los gastos de sepelio, el trámite lo debe realizar la persona ante las oficinas de Correo Argentino, llevando Documento nacional de identidad, certificado de defunción y factura de los gastos.

    2.   Fallecimiento de un jubilado o pensionado que tenga una persona que cobrar la pensión:

Cuando realiza el trámite para cobrar la pensión correspondiente debe solicitarlo en las oficinas de ANSeS, y lo va a cobrar en su primer recibo de haberes.

    3.  Fallecimiento de una persona a cargo del jubilado o pensionado:

El jubilado o pensionado debe realizar el tramite en las oficinas de PAM I

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1.120 comentarios en “ANSeS, subsidio por fallecimiento”

  1. yo soy pensionada por banco nacion(fallecimiento de mi esposo) y jubilada de reparto por mi por anses.mi obra social no es pami.si yo fallezco, corresponde que anses me pague un subsidio por fallecimiento? gracias

  2. hola. la abuela de mi compañera de trabajo fallecio hace un mes y ella quisiera saber si el tramite para cobrar el subsidio de pami lo debe tramitar en el Anses, Pami u otro organismo?. desde ya gracias por su atencion. saludos

    1. florencia

      Lo tiene que tramitar en el correo Argentino tiene que llevar
      DNI de ella, recibo de cobro de jubilación de la abuela, factura por los gastos que ella pago

  3. Hola a todos !!!

    Respuesta de Roxana:

    1) Para María Villagra: tratá de dirigirte al Anses, más próximo a tu domicilio, con tu DNI y Certificado de Defunción de tu madre. Y si podés, con la Partida de Nacimiento, tuya, sólo para demostrar el vínculo existente entre ambas. A apartir del 3 de Agosto del 2009, ANSES y AFIP, retomaran sus tareas en forma normal; hoy, me lo confirmó, 1 persona que trabaja en el ANSES de Temperley ( ciudad de Lomas). Recomendación: dirigirte entre las 10 y 11 hs.
    2) Para Clotilde: vos, dijiste……» Deseo saber como hago si soy discapacitada y debo hacer los tramites por subsidio de fallecimiento de mi madre, realice los tramites por Correo Argentino y me divolvio ANSES de Avellaneda todos los papeles y luego de ir personalmente a la sucursal en remis y sus gastos me dan una serie de tramites que no se si podre realizar, como puedo hacer para que me faciliten los tramites…» Ahora, lo que no se entiende es: ¿ presentaste la documentación necesaria – en el Correo- para que te abonen el Subsidio por Contención Familiar – gastos por sepelio y otros – ? ¿ Si ? ¿ Qué pasó? ¿ Hiciste la presentación de la documentación por medio del correo, y despúes de un cierto tiempo, ANSES, te devolvió esos papeles, sin darte ninguna resolución ? Mmmmm Me parece muy extraño: si fuese así, vas a tener q reclamarle al Anses, mediante un pronto despacho, algún tipo de resolución – y en caso de ser favorable: pago del mismo -.
    Además…¿ Cobraste o cobró tu mamá, el haber, antes de fallecer ? Si no llegó a cobrar el haber pq estaba enferma y vos, no estabas apoderada, entonces vas a tener que reclamarle al Anses, el pago de ello, mediante la solicitud del pago de Haberes Devengados ( presentación de formularios) con un turno asignado.
    Si tengo más información…el lunes 4 de Agosto…cuando culmine los trámites previsionales con los 3 clientes que tengo citados en el Anses de Temperley, se los digo aquí…o bien…..se los envio por correo.
    Saludos, para todos. Esta página es muy buena.

  4. Deseo saber como hago si soy discapacitada y debo hacer los tramites por subsidio de fallecimiento de mi madre, realice los tramites por Correo Argentino y me divolvio ANSES de Avellaneda todos los papeles y luego de ir personalmente a la sucursal en remis y sus gastos me dan una serie de tramites que no se si podre realizar, como puedo hacer para que me faciliten los tramites , no me respondan por el telefono nuevo pues es como una cargada no logras nunca escuchar a un ser humano que pueda responder a tus derechos, desearia me orienten que debo hacer que no sea tan complicado de una cosa que es tan simple, con todo mi respeto les ruego me informen a la brevedad apelando a los derechos humanos que no existen en estos tramites pero si en el corazon de la hija de esa persona que para el sistema es una mas no quiero ser agreciba pero espero que alguien me escuche y seapiade tan solo leer el mensaje y responderme como un ser humano y no como una maquina. Desde ya gracias, esperando su respuesta
    lo saluda atte
    Clotilde

  5. Stella:
    Disculpame, por haberte confundido, pero estaba muy apurada y postié el anterior mensaje lleno de errores ( tipográficos y semánticos); ahora, voy a tratar de corregir ese error.

    1) La Pensión te corresponde por CONVIVIENTE – mal denominado concubinato.Debes presentar pruebas: 3 de los 6 requisitos mínimos exigidos por Anses para establecer algún tipo de vínculo con el causante o fallecido. Pruebas de relevancia: DNI, donde el domicilio, de ambos:el tuyo y de tu novio, sean coincidenteS ; carnets de afiliación a una obra social; facturas de servicios ( luz, gas, agua o telef )donde demuestren que pagabas 1 servicio en ese domicilio
    ( vida, en matrimonio “aparente”), durante los últimos 5 años antes del fallecimiento de tu novio o novia. En realidad, debes presentar – como mínimo: 1 boleta de luz o gas, 1 vez por año, a tu nombre-; presentación de 2 testigos y, en caso de existir menores de edad, fruto de relación con tu pareja, y tengan apellido paterno entonces, deberás presentar partidas de nacimientos……todo en Anses..con 1 turno previo. En caso que existan hijos, fruto de esa pareja, ANSES,te exige sólo la presentación de los servicios, a tu nombre o titularidad, los últimos 2 años. En caso de existir: testamentos o cajas de ahorro – con titularidad compartida: tuya y de tu ex – también sirven como documental, para ser presentada en el Anses.Propiedades ( casas, galpones, lotes, terrenos – aunque tengan deudas «municipales» – compradas, en forma conjunta con tu ex- ) o bien 1 vehículos ( motos, autos, camiones), a nombre tuyo, también sirve para incluirlo dentro de la documental. Ah…si tenés: 1 Certificado de Convivencia efectuada ante 1 Juez de Paz o Escribanía Pública, también sirve.
    2) Tenés que ver si tu novio, antes de fallecer, llegó a reunir los requisitos mínimos para poder derivarte 1 Pensión a vos. Ojo!!! La Pensión Derivada o Directa pasan a los derechohabientes ( cónyuges, convivientes e hijos – hasta 18 años de edad: solteros -homb – y viudas/ solter – mujeres-). Caso excepcional: Pensión Derivada o Indirecta ” Extraordinaria”, para los hijos con 1 discapacidad del 76 % o mas ( física o intelectual: mental), comprobable, por la disminución de la capacidad laborativa de 1 persona. En el caso de la discapacidad mental interviene 1 curador; no tutor.
    3) Los hijos mayores de edad ( 18 años ), en el régimen de reparto o sipa, sólo pueden recibir 1 Pensión Derivada o Directa,hasta el cumplimiento de los 18 años; en el caso del Régimen de previsión de la prov de Bs As ( IPS), este beneficio o prestación ( Pensión) se extiende hasta los 25 años de edad, pero siempre y cuando demuestren ser necesarios para ciertas cosas: Por ej:Para poder solventar la culminación de estudios ( secundarios, terciarios o universitarios).
    4) Cuando tu pareja fallece ¿ estaba inscripto en la Afip? ¿ Era aportante irregular, en materia fiscal ? ¿ Cuántos años de aportes tenía ? ¿ Solicitaste a los empleados del Anses, 1 sábana de aportes o Sijip ? ¿ Tenía aportes realizados antes del año 1969 ? Pq si fuera asi…..mmm…..habría que llevar tu caso al CARSS.
    Bueno, me despido.
    Saludos.
    Roxana

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