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Acreditar Matrimonio en ANSES

Las personas que perciben prestaciones pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social deben tener sus datos personales y los de su grupo familiar actualizados en la base del organismo previsional, lo cual se puede verificar mediante la página web www.anses.gob.ar. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla la documentación requerida para acreditar el matrimonio en ANSES. Para el cobro de la Asignación por Matrimonio, el empleado en relación de dependencia, monotributista, veterano de la Guerra de Malvinas, beneficiario del Fondo de Desempleo y titular de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) debe informar el casamiento. Su pago se efectúa a cada uno de los cónyuges siempre que estén alcanzados por el Sistema Único de Asignaciones Familiares […]

Las personas que perciben prestaciones pagadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social deben tener sus datos personales y los de su grupo familiar actualizados en la base del organismo previsional, lo cual se puede verificar mediante la página web www.anses.gob.ar. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla la documentación requerida para acreditar el matrimonio en ANSES.

Para el cobro de la Asignación por Matrimonio, el empleado en relación de dependencia, monotributista, veterano de la Guerra de Malvinas, beneficiario del Fondo de Desempleo y titular de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) debe informar el casamiento. Su pago se efectúa a cada uno de los cónyuges siempre que estén alcanzados por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) y no cuenten con remuneraciones mayores al tope vigente, el cual es de $30.000 por ingresos individuales y $60.000 por grupo familiar.

La acreditación del matrimonio en ANSES debe ser efectuada dentro de los dos meses y dos años de celebrado el casamiento.

  • La documentación requerida para acreditar el matrimonio en ANSES es la siguiente:
  • Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular y su cónyuge.

Copia autenticada del acta de matrimonio. Si no se cuenta con la misma es necesario presentar testimonio, copias certificadas, libretas de matrimonio o cualquier otro documento que haya sido expedido por el Registro Nacional o Provincial en el cual se indique el número de acta, el tomo y el folio.

En caso de que la persona se encuentre divorciada es necesaria la presentación de una copia autenticada de la Sentencia de Divorcio o, si no se tiene la misma, otra documentación expedida por el Registro Civil en la que conste el divorcio.

No es necesario sacar un turno en ANSES para acreditar un matrimonio. Dicho trámite se puede efectuar en cualquier oficina del organismo dirigido por Emilio Basavilbaso con la documentación anteriormente detallada.

Un dato a tener en cuenta es que las personas interesadas en consultar los datos del grupo familiar acreditados en la base de ANSeS es necesario entrar en www.anses.gob.ar; pulsar en «Mi ANSES»; indicar el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social, que se puede OBTENER siguiendo los pasos indicados AQUÍ; y hacer clic en el icono de Relaciones Familiares que cuenta con el dibujo de tres personas juntas.

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