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SETIA: Acuerdo Salarial 2016 de Textiles

El lunes 13 de junio, los representantes del Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines (SETIA) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) han firmado el Acuerdo Salarial 2016 para los trabajadores del sector. En las negociaciones paritarias de este año, las partes acordaron un aumento en los sueldos básicos del 23% aplicable en dos tramos. El Acuerdo Salarial 2016 de Textiles establece un aumento en los sueldos de los trabajadores del sector del 23% aplicable de la siguiente forma: 1° de junio: 18%.- 1° de septiembre: 5%.- Además, el gremio con la cámara empresarial establecieron el pago de una suma fija no remunerativa de 750 pesos que deberá ser pagada por […]

El lunes 13 de junio, los representantes del Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines (SETIA) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) han firmado el Acuerdo Salarial 2016 para los trabajadores del sector. En las negociaciones paritarias de este año, las partes acordaron un aumento en los sueldos básicos del 23% aplicable en dos tramos.

El Acuerdo Salarial 2016 de Textiles establece un aumento en los sueldos de los trabajadores del sector del 23% aplicable de la siguiente forma:

  • 1° de junio: 18%.-
  • 1° de septiembre: 5%.-

Además, el gremio con la cámara empresarial establecieron el pago de una suma fija no remunerativa de 750 pesos que deberá ser pagada por única vez en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 250 pesos cada una. Dicha gratificación extraordinaria deberá ser pagada junto con los haberes de septiembre, octubre y noviembre del corriente año.

Conjuntamente con la publicación del acuerdo, SETIA ha difundido los sueldos básicos 2016 en el Anexo I del mismo.

La planilla con la Escala Salarial 2016 de textiles es la siguiente:

Categorías Del 1/6/2016 al 31/8/2016 Del 1/9/2016 al 30/11/2016 Suma no Remunerativa (Septiembre, Octubre y Noviembre 2016)
Art. 3° Supervisor 14.649,70 15.270,45 250,00
Encargado 11.661,94 12.156,09 250,00
Chofer 10.214,08 10.646,88 250,00
Secretaria 10.385,18 10.825,23 250,00
Empleado A 9.952,12 10.373,82 250,00
Recep. – Telefonista 9.653,58 10.062,63 250,00
Empleado B 9.554,46 9.959,31 250,00
Empleado C 8.783,92 9.156,12 250,00
Ayudante de Chofer 8.709,58 9.078,63 250,00
Maestranza y Servicios 8.634,06 8.999,91 250,00
Art. 3° bis Supervisor de Locales 16.833,88 17.547,18 250,00
Encargado de Local A 15.263,30 15.910,05 250,00
Encargado de Local B 14.486,86 15.100,71 250,00
Sub Encargado de Local A 14.858,56 15.488,16 250,00
Sub Encargado de Local B 14.103,36 14,700,96 250,00
Cajero 14.233,16 14.836,26 250,00
Cajero Vendedor 13.570,00 14.145,00 250,00
Vendedor A 12.782,94 13.324,59 250,00
Vendedor B 12.012,40 12.512,40 250,00
Vendedor Ayudante 10.978,72 11.443,92 250,00
Vendedor Temporario 9.868,34 10.286,49 250,00
Auxiliar de Ventas 9.005,76 9.387,36 250,00

Faltante de Caja 520,00
Adicionales Shopping 520,00
315,00
Personal de Shopping
Viáticos 34,00
Refrigerio 94,50
Resto del Personal
Viáticos 34,00
Refrigerios 43,50

Es importante tener en cuenta que al día de la fecha no se realizó la homologación del acuerdo por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS).

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