La Asociación de Supervisores de la Industria Metalúrgica de la República Argentina (ASIMRA) y las cámaras empresariales firmaron un Acuerdo Salarial del 33% aplicable en tres tramos y el pago de dos gratificaciones no remunerativas. En este artículo, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar permite consultar la nueva planilla con los Sueldos Básicos 2016-2017 para la Rama 12 (Fundición).
La Asociación de Supervisores de la Industria Metalúrgica de la República Argentina firmó las negociaciones paritarias con la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales Electrónicas (AFARTE), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA), la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC) y la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR).
En el acuerdo se estableció un 20% retroactivo al 1ero de mayo, del 7% que se aplicará desde el 1ero de agosto y del 6% que entrará en vigencia desde el 1ero de noviembre.
Por otro lado, las partes establecieron que los empleadores deben pagar a sus asalariados una suma no remunerativa de 4000 pesos en dos cuotas de 2000 pesos cada una. Cada cuota tiene que liquidarse con el concepto «Gratificación Extraordinaria no Remunerativa Acuerdo ASIMRA 27/05/2016 – Cuota N°» con los salarios de enero y marzo de 2017.
La planilla con los Sueldos Básicos 2016-2017 para la Rama 12 (Fundición) del Contrato Colectivo de Trabajo 249/95 es la siguiente:
Categorías | 01/08/2015 | 01/05/2016 | 01/08/2016 | 01/11/2016 |
Supervisor de fábrica de 4ta | $ 15.683 | $ 18.820 | $ 19.917 | $ 20.858 |
Supervisor técnico de 3ra | $ 15.683 | $ 18.820 | $ 19.917 | $ 20.858 |
Supervisor de fábrica de 3ra | $ 14.217 | $ 17.060 | $ 18.056 | $ 18.909 |
Supervisor técnico de 2da | $ 14.217 | $ 17.060 | $ 18.056 | $ 18.909 |
Supervisor de fábrica de 2da | $ 12.574 | $ 15.089 | $ 15.969 | $ 16.723 |
Supervisor técnico de 1ra | $ 12.574 | $ 15.089 | $ 15.969 | $ 16.723 |
Supervisor administrativo | $ 12.728 | $ 15.274 | $ 16.165 | $ 16.928 |
Supervisor de fábrica de 1ra | $ 9.882 | $ 11.858 | $ 12.550 | $ 13.143 |
Supervisor servicios generales | $ 9.882 | $ 11.858 | $ 12.550 | $ 13.143 |
Artículo 17 | 01/08/2015 | 01/05/2016 | 01/08/2016 | 01/11/2016 |
Inc. A) Fallecimiento cónyuge, padres e hijos. | $ 1.223 | $ 1.468 | $ 1.553 | $ 1.627 |
Inc. B) Por c/uno progenitores a cargo | $ 281 | $ 337 | $ 357 | $ 374 |
Inc. C) Por título secundario | $ 257 | $ 308 | $ 326 | $ 342 |
Inc. D) Dominio de uno o más idiomas | $ 257 | $ 308 | $ 326 | $ 342 |
Artículo 15 | ||||
Escalafón por antigüedad | 1% sobre el saldo | |||
Artículo 18: Seguro de Vida y Sepelio | ||||
Aporte del trabajador | $ 74 | $ 89 | $ 94 | $ 98 |
Contribución patronal | $ 74 | $ 89 | $ 94 | $ 98 |
La vigencia de este acuerdo paritario es del 1° de mayo de 2016 al 30 de abril de 2017.
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