Reintegro del IVA de alojamiento a turistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Turismo de la Nación han oficializado el reintegro del IVA del alojamiento a turistas extranjeros. La devolución del Impuesto al Valor Agregado se aplicará automáticamente en la contratación de hoteles u otro tipo de hospedaje que sea pagada con tarjetas de crédito o de débito emitidas en el exterior.
El cálculo de la devolución del IVA se realizará sobre la base de la tarifa por noche incluyendo el desayuno. El reintegro se realizará de manera automática y directa quedando constancia de la misma en la factura emitida.
No dará lugar a la devolución los montos mayores a la tarifa indicada ni el monto que se cobre por cancelación o a la no utilización del servicio. La venta de bienes u contratación de otras prestaciones deberá ser facturada de forma separada.
Para acceder al beneficio, el turista no necesitará realizar ningún trámite previamente. Éste únicamente tendrá que elegir un hospedaje de un Responsable Inscripto y abonar con una tarjeta emitida en el extranjero.
Un dato a tener en cuenta es que Colombia y Ecuador han aplicado un sistema similar para incentivar el turismo. En Uruguay, Perú, México y Chile, los turistas se encuentran exentos del tributo. En varios países, como ocurre con varios de Europa, se les aplica una alícuota reducida.